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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2013 (06/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de marzo de 2013 490165 de documentales en los países que se adhieren al programa; Que, RED DOCTV es una alianza estratégica de autoridades audiovisuales y televisoras públicas, actualmente conformada por quince países latinoamericanos: República Argentina, Estado Plurinacional de Bolivia, República Federativa de Brasil, República de Chile, República de Colombia, República de Costa Rica, República de Cuba, República de Ecuador, Estados Unidos Mexicanos, República de Panamá, República de Paraguay, República de Perú, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, República Oriental de Uruguay y República Bolivariana de Venezuela; Que, en el citado evento participarán los países adheridos a la RED del referido programa, sus respectivas entidades cinematográfi cas y las televisoras públicas, teniendo como objetivo presentar el guión ejecutivo y el plan de trabajo, discutir el reglamento de la nueva convocatoria del programa, reiterar la propuesta de identidad visual de DOCTV, así como discutir las nuevas estrategias de fortalecimiento de la RED, los criterios de distribución y la comercialización de las carteras de DOCTV Latinoamérica; Que, siendo de interés institucional continuar fomentando y fortaleciendo las industrias culturales de nuestro país, entre ellas, la audiovisual, así como promover una efectiva interacción de la cinematografía latinoamericana, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, Director de la Dirección de Industrias Culturales, del 06 al 10 de marzo de 2013, a la ciudad de Quito, República de Ecuador; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura y los gastos por concepto de alimentación, traslados internos y alojamiento serán asumidos por el organizador del evento; Que, el Artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 001- 2011-MC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, Director de la Dirección de Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 06 al 10 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 1,962.40 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el Artículo 1º de la presente Resolución, deberá presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 908200-3 DEFENSA Aprueban reconformación del Grupo de Trabajo encargado de la creación e implementación del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2013-DE/SG Lima, 4 de marzo de 2013 Que, el artículo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, prevé que el Poder Ejecutivo puede constituir Grupos de Trabajo para el cumplimiento de funciones específi cas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 124-2012 DE/ SG, del 01 de febrero de 2012, se constituyó la Comisión Ejecutiva encargada de la creación e implementación del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 770-2012 DE/SG, de fecha 04 de julio de 2012, se aprobó la reconformación de la Comisión Ejecutiva y se adecuó su funcionamiento como Grupo de Trabajo, en el marco de lo previsto en el citado artículo 35 de la Ley Nº 29158; Que, dicho Grupo de Trabajo estaba conformado por personal militar y civil que ocuparon cargos directivos en los órganos de línea del Ministerio de Defensa, los mismos que ya cesaron en sus labores y culminaron sus designaciones; Que, con el objeto de optimizar la labor del Grupo de Trabajo y atendiendo a la propuesta efectuada por la Dirección General de Educación y Doctrina y a lo señalado por el órgano de asesoramiento, resulta necesario aprobar su reconformación; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la reconformación del Grupo de Trabajo, encargado de la creación e implementación del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas, conforme se detalla a continuación: Presidente : Contralmirante (r) SANCHEZ DEBERNARDI, Mario César Viceministro de Políticas para la Defensa Director de Proyecto : General de Brigada GALINDO HEREDIA, José Antonio Director General de Educación y Doctrina Coordinador Técnico : Teniente Coronel CANEVELLO VIVES, Reynaldo Aurelio