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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de marzo de 2013 490179 las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Sétimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la presente Resolución y el horario propuesto por la empresa SECID TECNOLOGIA EN TRANSPORTES & TRANSITO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – SECID S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 906822-1 VIVIENDA Aprueban el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2013-VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento conjuntamente con el Ministerio de Agricultura y COFOPRI, lleven a cabo la transferencia de la función específi ca considerada en el literal n) del artículo 51 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece como fi nalidad del proceso de descentralización, el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones y el ejercicio equilibrado del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la referida Ley; señala que la transferencia de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 295-2007- VIVIENDA, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 179- 2010-VIVIENDA, se constituyó la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 081-2005- CND-P, del ex Consejo Nacional de Descentralización (hoy Secretaria de Descentralización), se aprobó la Directiva Nº 005-CND-P-2005, denominada “Procedimiento para la formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, cuyo literal b. del inciso 11.3 establece que el Plan Anual de Transferencia Sectorial debe ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado al Consejo Nacional de Descentralización, (Secretaría de Descentralización) a más tardar el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2013 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2013, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese el Plan aprobado por la presente Resolución, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), en la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo 3.- Remítase a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial y del Plan Anual de Transferencia Sectorial 2013 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 907776-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la SUTRAN RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 20-2013-SUTRAN/01.1 Lima, 26 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N°29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN; adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos