TEXTO PAGINA: 85
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de marzo de 2013 490243 • Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. • Job Francisco Rosales Pacheco, Asesor de la Secretaría de Prensa del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los empleados públicos a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 200.00 diarios por persona, por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 908828-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2013-PCM Lima, 6 de marzo de 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 020-2013-PCM/OGS, remitido por la Directora de la Ofi cina General de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 07 al 09 de marzo del presente año, con el objeto de participar de las exequias por el sensible fallecimiento del señor Hugo Rafael Chávez Frias, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela; Que, en tal sentido y conforme al artículo 10º de la Ley Nº 29951 y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los empleados públicos que integran la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República, así como el monto de los gastos por concepto de viáticos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Blanca Mirtha Rosales Valencia, miembro de la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la República Bolivariana de Venezuela, del 07 al 09 de marzo de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de la funcionaria pública a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 200.00 x 2 días = US$ 400.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 908828-5 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL