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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2013 (06/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de marzo de 2013 490233 b) Algunas de las medidas de inspección para verifi car el cumplimiento de la presente norma se incluirán uno o varios de los siguientes procedimientos: a. La verifi cación de personas fumando o con productos de tabaco encendidos. b. Medición de presencia de humo de tabaco. c. Reconocimiento físico de la señalización. d. Atención de denuncias por incumplimiento de las prohibiciones de fumar en lugares públicos y lugares de trabajo. c) Toda persona que se sienta afectada directa o indirectamente por fumadores en lugares donde no se encuentra permitido fumar o por aspectos relacionados con la comercialización, publicidad, promoción y patrocinio, podrá comunicar y/o denunciar a la Autoridad Municipal el hecho y hacerlo conocer al responsable del establecimiento. Artículo 11º.- De la aplicación de sanciones: a) Se podrán aplicar las sanciones derivadas del incumplimiento de las medidas establecidas en esta Ordenanza. Artículo 12º.- Del Régimen de Infracciones y Sanciones: Incorpórese al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MPMN de fecha 05-05-2011, las siguientes Infracciones: TABLA DE INFRACCIONES CÓDIGO INFRACCION Sanción (% UIT) MEDIDA COMPLE- MENTARIA NOTAS Por fumar o permitir que se fume en las áreas abiertas y cerradas de los establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y a la educación, en las dependencias públicas. 1 UIT Por fumar o permitir que se fume en todo medio de transporte público, incluidas las áreas de embarque y desembarque de personas y/o mercancías y medios de transporte de empresas públicas o privadas, que circulen en la Provincia. 0.1 UIT En el caso de medios de transporte público, la empresa de transporte y el titular de la unidad de transporte responderán solidariamente Por fumar o permitir que se fume en todos los lugares públicos e interiores de trabajo de acuerdo a la presente norma. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiterancia en la infracción. Por no colocar los anuncios precisados en la presente Ordenanza. 0.5 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Por no colocar carteles en centros de comercialización. 0.1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Por vender directa o indirectamente productos de tabaco dentro de cualquier establecimiento dedicado a la salud y educación, sean públicos o privados. Así como en las dependencias públicas. 0.5 UIT CÓDIGO INFRACCION Sanción (% UIT) MEDIDA COMPLE- MENTARIA NOTAS Por la venta y/o suministro de productos de tabaco a menores de 18 años, sea para consumo propio o de terceros. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiteración en la infracción. Por permitir la venta de productos de tabaco por menores de 18 años. 0.1 UIT Por vender en lugares autorizados, cigarrillos sin fi ltro. 0.1 UIT Por distribuir o permitir la distribución gratuita promocional de productos de tabaco a menores de 18 años. 1 UIT Por promocionar, vender, donar o distribuir juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco, que resulten atractivos a menores de edad. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiteración en la infracción. Por colocar suministro de maquinas expendedoras en lugares con acceso de menores de edad. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGUN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiteración en la infracción. Por permitir en los espectáculos públicos no deportivos y que estén dirigidos a menores de edad o que se permita el ingreso de los mismos, promoción, venta o distribución de productos de tabaco o de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Por establecer áreas para fumadores. 2 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiterancia en la infracción Por publicitar productos de tabaco en un radio de 500 metros de instituciones educativas de cualquier nivel, sean públicas o privadas 0.1 UIT RETIRO DE LA PUBLICIDAD Por patrocinar con la marca de cualquier producto de tabaco un evento o actividad destinado a menores de edad. 1 UIT RETIRO DE LA PUBLICIDAD Por comercializar cajetillas de cigarrillos que contengan menos de diez unidades, incluyendo el expendio unitario de cigarrillos. 1 UIT CLAUSURA TEMPORAL O SUSPENSIÓN DE LICENCIA, SEGÚN CORRESPONDA Se ordenará adicionalmente el decomiso de los bienes respectivos. El cierre defi nitivo o cancelación se aplicará frente a la reiterancia en la infracción.