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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de marzo de 2013 491938 en Higiene y Epidemiología Alexander Kostadinov Tarev, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I de la Dirección General a su cargo; Que, mediante Informe N° 184-2013-EIE-OARH/ OGGRH/MINSA, de fecha 22 de marzo de 2013, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emitió opinión favorable respecto del pedido formulado por el Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, señalando que procede la designación del profesional propuesto por tratarse de un cargo califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con la fi nalidad de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, es necesario adoptar la acción de personal que resulte pertinente; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Médico en Higiene y Epidemiología Alexander Kostadinov Tarev, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 918117-2 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Adicionan párrafo adicional al numeral 3.4 de las Disposiciones Específicas de los Procedimientos de la Directiva Nº 005-2011-SBN “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de predios de dominio privado estatal, así como para la Regularización de Afectaciones en Uso de predios de dominio público” RESOLUCIÓN Nº 016-2013/SBN San Isidro, 12 de marzo de 2013 VISTO: Los Memorándums Nº 084-2013 y 436-2012/SBN-DNR y el Informe Nº 069-2012/SBN-DNR, mediante los cuales la Dirección de Normas y Registro remite la propuesta de modifi cación de la Directiva Nº 005-2011-SBN; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, fi nanciera, técnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, los literales b), c) y d) del numeral 14.1 del artículo 14º de la acotada Ley, señalan como funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, dictar las Directivas aplicables para la administración, adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal, procurar una efi ciente gestión del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor, así como supervisar los bienes estatales, el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecutan las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, los artículos 97º al 106º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establecen disposiciones para la afectación en uso, la misma que sólo otorga el derecho de usar a título gratuito un predio a una entidad, para que lo destine al uso o servicio público y excepcionalmente para fi nes de interés y desarrollo social; Que, el numeral 3.4 de las Disposiciones Específi cas de los Procedimientos de la Directiva Nº 005-2011-SBN denominada “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de predios de dominio privado estatal, así como para la Regularización de Afectaciones en Uso de predios de dominio público”, aprobada por la Resolución Nº 050-2011/SBN, señala que la entidad pública propietaria o administradora del predio, recibida la solicitud, procederá a verifi car la documentación presentada y, de ser necesario, requerirá la administrado, aclarar, precisar o reformular su pedido o la presentación de documentos complementarios a los presentados, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la solicitud; Que, conforme a los documentos del visto, dentro del procedimiento de afectación en uso es importante verifi car que la fi nalidad a la que se va destinar el predio sea compatible con la zonifi cación establecida; en ese sentido, y a fi n de optimizar el uso de los predios estatales, resulta necesario establecer un mecanismo que permita a las entidades públicas subsanar la incompatibilidad de la zonifi cación con el destino propuesto para el bien, otorgándosele un plazo razonable para tal efecto; Que, asimismo, en el procedimiento para la transferencia patrimonial interestatal a título oneroso o gratuito, regulado por los artículos 62º al 68º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, es necesario que se verifi que que fi nalidad a la que se va destinar el predio sea compatible con la zonifi cación establecida; Con el visado de la Dirección de Normas y Registro, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, y en uso de la atribución conferida por el inciso b) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir un párrafo adicional al numeral 3.4 de las Disposiciones Específi cas de los Procedimientos de la Directiva Nº 005-2011-SBN denominada “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de predios de dominio privado estatal, así como para la Regularización de Afectaciones en Uso de predios de dominio público”, aprobada por la Resolución Nº 050-2011/SBN, el cual queda redactado de la siguiente manera: “3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE LOS PROCEDIMIENTOS Procedimiento de la afectación en uso