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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de marzo de 2013 491940 D S. 142-2009-EF, defi nen al presupuesto participativo como un proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad, señalando las prioridades en cuanto acciones o proyectos de inversión que se deban implementar, conjuntamente con la participación de la sociedad organizada y generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos del Gobierno Regional de Arequipa; Que, por el presupuesto participativo basado en resultados, los recursos públicos en materia de gastos de inversión, se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para elevar el bienestar de la población, cuyos resultados se refl ejen en mejores condiciones de vida; es por eso que los Gobiernos Regionales, deben organizar su gestión en torno a objetivos y ejes estratégicos a ser identifi cadas en el Plan Concertado y el Presupuesto Participativo; Que, si bien es cierto el procedimiento básico del presupuesto participativo está regulado en el Instructivo Nro. 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nro. 007-2010-EF/76.01; sin embargo, por disposición expresa del primer párrafo del Capítulo II del mismo Instructivo, el proceso del presupuesto participativo debe ordenarse y realizarse tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada gobierno regional, en función a sus participantes y experiencias previas; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobación antes referida, al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Aprobación APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa – Periodo 2014, Norma Regional que consta de (04) Títulos, (02) capítulos, (17) artículos y (02) Disposiciones Complementarias y Finales y que es parte integrante de la presente norma regional. Artículo 2º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en el Diario Regional de Avisos Judiciales por parte de la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa y el pago respectivo está a cargo del Órgano Ejecutivo Regional; asimismo, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Órgano del Ejecutivo Regional, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, publique electrónicamente en la Página Web, el texto íntegro del Reglamento aprobado de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los dieciocho días del mes de marzo del 2013. JOSE CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil trece. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 918188-1 Modifican la Ordenanza Regional N° 118-AREQUIPA, que aprobó el TUPA del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 217-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo 1105, Establece Disposiciones para el Proceso de Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, en sus artículos 4 señala los pasos para la formalización y artículo 9 sobre los instrumentos de gestión ambiental, los cuales que mediante el Decreto Supremo Nº 004-2012- MINAM, Aprueban las Disposiciones Complementarias para el Instrumento de Gestión Ambiental (IGAC) para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal en curso, los cuales expresan las etapas del procedimiento y actualiza o establece el Registro de Consultores; Que, por el principio de “legalidad del procedimiento” regulado en el artículo 36 de la Ley 27444 / Ley del Procedimiento Administrativo General, los procedimientos, requisitos y costos de los procesos administrativos del Gobierno Regional, se establecen y aprueban por medio de ordenanza; que estos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, en cada trámite, sólo corresponde exigir los requisitos que sean necesarios, aporten valor y/o suministren información indispensable al objetivo del trámite, esto, en aplicación de lo regulado en el artículo 8 del D. S. Nº 079-2007-PCM que Aprueban Lineamientos para la Elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la ley de Silencio Administrativo y el D. S. N° 064-2010-PCM que establece la metodología para determinar los costos de los procedimientos administrativos; Que, por Ordenanza Regional N° 118-AREQUIPA Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Arequipa, TUPA – REGIONAL – 2010 que consta de (648) procedimientos y, como anexos: ((a)) El Listado de procedimientos, y ((b)) El Formato TUPA que contiene compendiados los procedimientos y el cual se encuentra vigente; Que, en atención a la Autoridad Regional Ambiental propone aprobar el procedimiento Administrativo “Resolución de aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) para la formalización de Actividades mineras de Pequeña Minería y Minería Artesanal” y “Inscripciones en el Registro de Consultoras Regionales autorizadas para elaborar el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo – IGAC”, los cuales serán incluidos en el TUPA Regional aprobado por Ordenanza Regional; Que, con Informes N° 0431-2012-GRA/OPDI y N° 252- 2013-GRA/ORAJ de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Arequipa, se ha elaborado dos procedimientos administrativos los cuales serán incorporados con Números 649 y 650 en el TUPA Regional vigente por haber cumplido con las exigencias normativas; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobación antes referida, al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154- AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Disposición Modifi catoria Modifíquese la Ordenanza Regional N° 118-AREQUIPA , que Aprueba el Texto Único de Procedimientos