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El Peruano Lunes 20 de mayo de 2013 495105 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 376-2012/ MINSA, de fecha 14 de mayo de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud IV Lima Este y sus Órganos Desconcentrados: Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana y Hospital de Huaycán, el mismo que fue reordenado con Resolución Directoral Nº 357-2013-DISA-IV-LE-DG-OEPE/OAJ, de fecha 1 de abril de 2013, en el cual, el cargo de Jefe/a de Ofi cina de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración, se encuentra califi cado como Directivo Superior; Que, con Resolución Ministerial N° 648-2012/MINSA, de fecha 1 de agosto de 2012, se designó, entre otros, al Contador Público Colegiado Carlos Alberto Escalante Hurtado, en el cargo de Jefe de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, a través del documento de visto, el Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, informó que el Contador Público Colegiado Carlos Alberto Escalante Hurtado, ha formulado su renuncia al cargo de Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud a su cargo, por lo que propone designar en su reemplazo a la Contadora Pública Colegiada Micaela Delia Ampuero Guerrero; Que, mediante Informe N° 270-2013-EIE-OGGRH/ MINSA, de fecha 10 de mayo de 2013, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos de Ministerio de Salud, manifi esta que procede la encarg.-atura de funciones en el cargo de Jefe/a de Ofi cina de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, por tratarse de un cargo que no se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación, ni como de confi anza y se efectúa a una servidora que tiene la condición de nombrada en el Sector Salud; Que, el artículo 82° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90- PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva con niveles de carrera superior a la del servidor; Que, con la fi nalidad de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, es necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN