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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2013 (20/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Lunes 20 de mayo de 2013 495109 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2013-MTC/02 Lima, 16 de mayo de 2013 VISTOS: Los Informes Nº 165-2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 154- 2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Helicopter Perú S.A.C. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendida durante el mes de mayo de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Helicopter Perú S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección y referida en el Informe Nº 165-2013- MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Informe Nº 154-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Alfonso Hernán Rivera – Santander Mieses, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 22 al 29 de mayo de 2013 a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 165-2013-MTC/12.04 y Nº 154-2013- MTC/12.04. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Helicopter Perú S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 21 DE MAYO AL 04 DE JUNIO DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 142-2013-MTC/12.04 Y Nº 45-2013-MTC/12.04 ORDEN INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 979-2013-MTC/12.04 21-May 25-May US$ 660.00 Aero Transporte S.A. Fajardo Camero, Victor Augusto La Guardia, New York EUA Chequeo técnico de refresco en Simulador de vuelo del equipo B- 1900, a su personal aeronáutico 2246-6347-6348 980-2013-MTC/12.04 22-May 25-May US$ 60.00 LC BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Seattle EUA Chequeo técnico de profi ciencia, en simulador de vuelo del equipo DASH- 8, a su personal aeronáutico 6638-6637 981-2013-MTC/12.04 31-May 04-Jun US$ 1,000.00 Trans American Airlines S.A. Pinedo Bastos, José Roger San Salvador El Salvador Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo A-319/320/321, a su personal aeronáutico 49717-49718 938873-1