Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

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de evaluacion y calificacion del Oficial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyeccion de linea de MORDAZA del Oficial en su Institucion Armada y a su ubicacion en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Seleccion para ascenso al grado de MORDAZA GENERAL FAP, ha establecido el "Cuadro de Merito" y elaborado el Acta JUSEL Nº 015-2013 de fecha 11 de octubre de 2013, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 34º, 36º inciso a), 50º incisos b) y c) y 51º del Reglamento de la Ley Nº 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, en concordancia con la Resolucion Ministerial Nº 844-2013-DE/FAP del 05 de octubre de 2013, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Oficiales de la Fuerza Aerea del Peru; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ascender al grado de MORDAZA GENERAL FAP, con fecha 01 de enero de 2014, al Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VICTOR. Articulo 2º.- Expidase el Despacho correspondiente a su Grado. Registrese, comuniquese y publiquese.

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar el Ascenso al grado de Contralmirante al senor Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA GERVASI MORDAZA, Promocion 1987 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, con antiguedad al 1º de enero de 2013, debiendosele expedir el Despacho respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1010727-34

Ascienden a Mayores Generales al Grado de MORDAZA General FAP
RESOLUCION SUPREMA Nº 685-2013-DE/FAP-CP MORDAZA, 6 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de MORDAZA de 2008 mediante el cual se aprueba el "Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", y su Anexo 5, se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, asi como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su articulo 37° inciso a), que los ascensos son otorgados por el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 35º y 36º inciso a) del citado Reglamento y en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos articulos de la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establece que para la aplicacion progresiva del articulo 7º de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, sera de acuerdo a los Planes Estrategicos Institucionales en el Area de Personal, aplicando cada Institucion Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado segun el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 020-2008-DE/SG del 11 de setiembre del 2008 y sus modificatorias; correspondiendo a la Fuerza Aerea el Anexo Nº 3; asi como lo senalado en la Resolucion Comandancia General Nº 020-CGFA del 15 de enero del 2013 que establece los lineamientos para el MORDAZA de Ascenso 2013, Promocion 2014; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2013-DE del 19 de setiembre de 2013, se aprueban los MORDAZA de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2014 y a traves de la Resolucion Ministerial Nº 671-2011-DE/SG del 06 de MORDAZA de 2011, se aprueban los Planes Estrategicos Institucionales en el Area de Personal del Ejercito del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru, para ser aplicados en el periodo 2012 al 2016; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2008 - DE "Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y etica, senalados en el articulo 3º de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen caracter vinculante, y en MORDAZA a lo establecido en los articulos 50º inciso a) y 51º incisos a) y b) del citado Reglamento, se establece que la funcion

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1010727-35 RESOLUCION SUPREMA Nº 686-2013-DE/FAP MORDAZA, 6 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de MORDAZA de 2008 mediante el cual se aprueba el "Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", y su Anexo 5, se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, asi como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su articulo 37° inciso a), que los ascensos son otorgados por el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 35º y 36º inciso a) del citado Reglamento y en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos articulos de la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establece que para la aplicacion progresiva del articulo 7º de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, sera de acuerdo a los Planes Estrategicos Institucionales en el Area de Personal, aplicando cada Institucion Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado segun el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 020-2008-DE/SG del 11 de setiembre del 2008 y sus modificatorias; correspondiendo a la Fuerza Aerea el Anexo Nº 3; asi como lo senalado en la Resolucion Comandancia General Nº 020-CGFA del 15 de enero del 2013 que establece los lineamientos para el MORDAZA de Ascenso 2013, Promocion 2014; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2013-DE del 19 de setiembre de 2013, se aprueban los MORDAZA de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2014 y a traves de la Resolucion Ministerial Nº 671-2011-DE/SG del

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