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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506580 5.2 Para la obtención de la licencia de uso de agua y la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, se deberá acompañar copia del acto administrativo que aprueba el IGAC y el recibo de pago por derecho de trámite. Artículo 6.-Responsable de la emisión de la opinión técnica al IGAC 6.1 Encargar a las Direcciones de las AAA emitir opinión técnica para la aprobación del IGAC; dicha opinión se emitirá con copia a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua. 6.2 En los ámbitos donde no se encuentren implementadas las AAA, corresponderá a las ALA la emisión de la opinión técnica para la aprobación del IGAC. Artículo 7.-Supervisión a la emisión de la opinión técnica al IGAC La Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos es responsable de la supervisión, capacitación y fortalecimiento de los órganos desconcentrados para la correcta aplicación de las disposiciones de la presente resolución. Artículo 8.- Aprobación del formato de acreditación de disponibilidad hídrica Aprobar el “Formato de Acreditación de Disponibilidad Hídrica para el Proceso de Formalización de la Pequeña Minería y Minería Artesanal”, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 9.- Procedimientos en trámite 9.1 Los procedimientos de autorización de uso de agua iniciados con anterioridad a la expedición del Decreto Supremo N° 032-2013-EM, continuarán con su trámite, sin retrotraer etapas, hasta su conclusión. 9.2 La resolución de autorización de uso de agua acredita la disponibilidad hídrica a que se refi ere el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 032-2013-EM y sustituye al “Formato de Acreditación de Disponibilidad Hídrica para el Proceso de Formalización de la Pequeña Minería y Minería Artesanal”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1010709-1 AMBIENTE Autorizan viaje del Viceministro de Gestión Ambiental a Venezuela, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 344-2013-MINAM Lima, 31 de octubre de 2013 Visto, el Memorándum Nº 476-2013-MINAM/VMGA y la Ficha de Autorización de Viaje, ambos del 25 de octubre de 2013, así como el Memorando Nº 2350-2013-OPP- SG/MINAM de 31 de octubre de 2013, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 000758, recibida el 17 de octubre de 2013, el Ministro del Poder Popular para el Ambiente de la República Bolivariana de Venezuela, invita al Ministro del Ambiente de Perú, a participar en la “XVII Reunión de Ministros de Medio Ambiente del MERCOSUR y Estados Asociados”, a realizarse en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el 11 de noviembre de 2013; Que, el MERCOSUR es un bloque subregional integrado por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela, teniendo como países asociados a Bolivia, Chile, Colombia, Perú y Ecuador; que tiene como objeto principal la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre países, el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados partes y la armonización de las legislaciones para lograr el fortalecimiento del proceso de integración; Que, el pasado 24 de mayo de 2013, con motivo de celebrarse la XVII Reunión de Ministros de Medio Ambiente del MERCOSUR y Estados Asociados, se reunieron las máximas autoridades ambientales de dichos Estados con el objeto de continuar con las negociaciones de la Agenda Ambiental del MERCOSUR; siendo que a través de la Dirección del Proyecto ECONORMAS MERCOSUR se repasaron los avances y resultados registrados hasta el momento junto al Sub Grupo de Trabajo Nº 6 “Medio Ambiente” del MERCOSUR; Que, en dicha reunión se expusieron los resultados intermedios que, a modo de resumen, refl eja que se han comprometido el 96% de los fondos de donación disponibles en contratos en ejecución. A su vez, se revisaron las 3 líneas de acción del Proyecto en relación a Medio Ambiente: Producción y Consumo Sostenible (PCS), que facilita y promueve la implementación de prácticas de gestión ambiental y producción más limpia; la Lucha contra la Desertifi cación y los Efectos de la Sequía y Degradación de Tierras (DYS); y, el avance en la implantación de un Sistema Globalmente Armonizado (GHS/SGA) para la clasifi cación y el etiquetado de productos químicos peligrosos para la adopción de orientaciones internacionales y el desarrollo de capacidades analíticas regionales; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, la participación del Viceministro de Gestión Ambiental en la citada reunión internacional, en representación del Ministro del Ambiente, se encuentra enmarcada en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29951, en razón a que el viaje se efectuará para participar en la discusión regional, entre otros temas relevantes, sobre la consolidación de la integración física, la profundización de la complementación productiva (comercio e inversiones) y la gestión integrada de recursos hídricos y cuidado del medio ambiente; por lo que, resulta de interés institucional autorizar el viaje del mencionado funcionario, con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente; Que, con Memorándum Nº 2350-2013-OPP-SG/ MINAM de 31 de octubre de 2013, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certifi cado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la genérica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modifi catorias.