Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2013 (12/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 12 de noviembre de 2013

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integran la Entidad y otros estudios necesarios que esten orientados a fortalecer el rol del SIS en el contexto de la Reforma del Sector Salud. Articulo 2º.- Establecer en el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) del Seguro Integral de Salud, la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, conformada en el Articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Unidad Funcional a que se refiere el articulo 1º, tendra una duracion no mayor de un (1) ano, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, correspondiendo su implementacion y evaluacion tecnica respectiva, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional. Articulo 4.- La implementacion de la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud no generara gastos adicionales al presupuesto del Seguro Integral de Salud. Articulo 5.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y la coordinacion con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion para su publicacion en la pagina web del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud
1012492-1

OGPP-V.02, "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA, establece que las entidades podran conformar areas funcionales, que en ningun caso forman parte de la estructura organica de la entidad, las cuales podran conformarse en un numero estrictamente necesario, a fin de facilitar la organizacion, supervision, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, sin crear instancias formales burocraticas que reduzcan la comunicacion y coordinacion e incrementen los costos; Que, el literal c) del numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.02 MORDAZA mencionada, senala que las areas funcionales se establecen en el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y su conformacion se sustenta cuando MORDAZA necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad organica y exista independencia y separacion, asimismo, cuando se requiera establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegacion de autoridad que permita la adopcion de decisiones en los procesos operativos de caracter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 17° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 0112011-SA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional es el organo de asesoramiento, responsable de asesorar a los organos de la Alta Direccion y demas organos del SIS, de planificar, organizar, dirigir y controlar la formulacion de politicas, objetivos y estrategias, desarrollo e implementacion y monitoreo de los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estrategico, de Presupuesto Publico, de Inversion Publica, de Modernizacion de la Gestion del Estado; asi como sobre la gestion de los procesos de organizacion, la simplificacion administrativa, las acciones de cooperacion internacional y nacional de la institucion y las acciones para la implementacion de los procesos de Calidad Total en Seguros; Que, por Resolucion Suprema N° 004-2013-SA, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Seguro Integral de Salud; Que, a traves de la Resolucion Jefatural N° 133-2013SIS, se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones - MOF del Seguro Integral de Salud - SIS; Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, sustenta la necesidad de conformar la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud en dicho Organo de Asesoramiento, con el fin de desarrollar proyectos sobre estudios y diagnosticos del quehacer institucional, asi como proponer programas y proyectos de desarrollo organizacional y evaluar los resultados de los estudios e investigaciones realizadas por los organos y oficinas que integran el SIS, orientados a fortalecer el rol del Seguro Integral de Salud en el contexto de la Reforma del Sector Salud, en MORDAZA con las normas legales citadas precedentemente; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Oficina General Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar con caracter temporal la Unidad Funcional de Investigacion y Proyectos de Desarrollo en Aseguramiento en Salud en la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, con el fin de desarrollar proyectos sobre estudios y diagnosticos de salud relacionados al quehacer Institucional, asi como proponer programas y proyectos de desarrollo organizacional y evaluar los resultados de los estudios e investigaciones realizadas por los organos y oficinas que

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 043-2013-OEFA/CD

MORDAZA, 8 de noviembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 109-2013-OEFA/OA-Ejecucion Coactiva y el Memorandum N° 1503-2013-OEFA/OA del 18 de octubre de 2013 de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 2013 se aprobo el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA; Que, el Articulo 5° del citado Reglamento establece los plazos maximos de fraccionamiento y aplazamiento aplicables a las multas impuestas por el OEFA; Que, el Numeral (i) del Numeral 5.1 del referido Articulo 5° establece que las multas inferiores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias podran ser materia de fraccionamiento hasta por un plazo de seis (6) meses; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Articulo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA, a fin de senalar los plazos maximos aplicables al beneficio de aplazamiento,

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