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El Peruano Lunes 14 de octubre de 2013 504804 de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, a su vez, el inciso 14.1 del artículo 14º de la citada Ley N° 29664, establece que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha Ley y su Reglamento; Que, asimismo, el inciso 14.2 del referido artículo 14º, señala que los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia; de modo que sus gobiernos son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres; Que, en ese sentido, de acuerdo al artículo 31º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el proceso de respuesta, como parte integrante de la Gestión del Riesgo de Desastres, está constituido por el conjunto de acciones y actividades, que se ejecutan ante una emergencia o desastre inmediatamente ocurrido éste, así como ante la inminencia del mismo; Que, en ese sentido, el inciso 30 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo N° 001- A-2004-DE-SG de fecha 15 de enero de 2004, se aprobó el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres, como un instrumento que dirige y oriente el planeamiento sectorial y regional para la prevención, mitigación de riesgos, preparación y atención de emergencias; así como para la rehabilitación en caso de desastres, permitiendo deducir los daños, víctimas y pérdidas que podrían ocurrir a consecuencia de fenómenos naturales o tecnológicos potencialmente dañinos, mediante la prevención y atención de situaciones de emergencia y desastres; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 098-2007-PCM de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia, el cual tiene como misión planifi car coordinadamente e implementar las acciones necesarias para estar en capacidad de brindar una oportuna, adecuada, efi caz y efi ciente asistencia ante las emergencias y/o desastres de diversas magnitudes, originados por fenómenos naturales o inducidos por la actividad del hombre, en las diversas Regiones del territorio nacional; de manera que, permita tomar acciones oportunas y pertinentes con el fi n de proteger la vida de la población, el patrimonio, el medio ambiente y en general, minimizar las consecuencias adversas de los referidos fenómenos; Que, en esa línea, mediante Decreto Supremo Nº 037-2010-PCM de fecha 24 de marzo de 2010, se aprobó el Plan de Prevención por Sismos 2010, el cual incluye entre sus actividades, el proceso de inspección de las viviendas y locaciones, en riesgo de siniestralidad, y con altas vulnerabilidades ante la ocurrencia de un sismo, el cual permitirá identifi car zonas de seguridad y dar pautas a las familias para actuar ante una emergencia; Que, adicionalmente, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011 de fecha 05 de octubre de 2012, la Alcaldesa Metropolitana de Lima aprobó el Protocolo de Coordinación Interinstitucional ante Desastre Sísmico y/o Tsunami, con el objetivo de regular las acciones de coordinación entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y los diversos Gobiernos Locales e Instituciones Públicas y/o Privadas, ante la ocurrencia de un desastre sísmico y/o tsunami; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Estrategia Metropolitana de Lima en Gestión del Riesgo de Desastres 2013 - 2014; con la fi nalidad de fortalecer el liderazgo de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las capacidades de coordinación con las municipalidades distritales e instituciones públicas y privadas, para la puesta en marcha de programas e iniciativas de reducción de riesgos de desastres; prevenir y reducir los riesgos de desastres mediante la participación ciudadana y de las instituciones públicas y privadas; reforzar la responsabilidad y solidaridad entre los ciudadanos; proteger preferencialmente a las personas más vulnerables; promover la concertación y coordinación con los diferentes niveles de gobierno; y hacer efectivo el Acuerdo Nacional, en lo referido a la Gestión del Riesgo de Desastres; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la “Estrategia Metropolitana de Lima en Gestión del Riesgo de Desastres 2013 – 2014”, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldía, como Anexo. Artículo Segundo.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía con su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano; así como su publicación en el mismo día, en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa ANEXO ESTRATEGIA METROPOLITANA DE LIMA EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 2013 - 2014 ESTRATEGIA METROPOLITANA DE LIMA EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES I. Diagnóstico de riesgo en Lima Metropolitana 1.1 Eventos (de origen natural o antrópico) que amenazan la ciudad a- La probabilidad de ocurrencia de movimientos sísmicos constituye la principal amenaza para la ciudad de Lima. La actividad de los sismos podría incrementarse sobre suelos de arena fina, sobre terrenos con aguas superfi ciales; o por el rebote de las ondas sísmicas. No es posible saber cuándo ocurrirá un gran sismo pero sí sabemos que ocurrirá algún día y que de acuerdo con las instituciones científi cas, esta probabilidad aumenta con el silencio sísmico. b- Los sismos lejanos y cercanos pueden producir tsunamis que afectarían a la población metropolitana que habita a lo largo del litoral y a pocos metros sobre el nivel del mar, en especial a las poblaciones ubicadas cerca de las desembocaduras de los ríos. c- Las lluvias intensas en nuestra ciudad pueden causar graves daños y aun las precipitaciones estacionarias afectan cada año las viviendas más precarias. d- Los huaicos e inundaciones se presentan anualmente en la ciudad, han causado y pueden causar importantes pérdidas para muchas familias que habitan en las riberas de los ríos Rímac, Chillón y Lurín. e- Los incendios corresponden al 79% de los eventos de desastre que se registran en la ciudad de Lima, afectando viviendas, industrias y áreas comerciales. En caso de un evento sísmico la ocurrencia de incendios y problemas de contaminación ambiental serían eventos concatenados. f- Una sequía prolongada puede afectar más a Lima más que a cualquier otra ciudad de la Región Andina. La ausencia o défi cit de lluvias en las cabeceras de las cuencas del Rímac, Chillón o Lurín puede obligar a un racionamiento severo de agua en nuestra ciudad y disminuir la producción de energía eléctrica. g- El incremento de las lluvias intensas como la ausencia de éstas, está asociada al Cambio Climático y a la ocurrencia del Fenómeno El Niño. 1.2 La vulnerabilidad de Lima Metropolitana a- Las condiciones inseguras • La mayor vulnerabilidad ante los sismos está en las edifi caciones construidas con limitada orientación técnica y sobre suelos de arena como es el caso de Villa El Salvador; sobre terrenos con aguas superfi ciales como una parte de Chorrillos; sobre laderas de los cerros como es el caso de algunas zonas de El Agustino, Collique,