Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2013 (14/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 14 de octubre de 2013

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c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA INTEGRAL KMR E.I.R.L., esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Tercero.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Articulo Setimo.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 999305-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen inscripcion de "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva" y registro del correspondiente Complemento del Prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 088-2013-SMV/11.1 MORDAZA, 4 de octubre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente Nº 2013031060, asi como el Informe Interno Nº 958-2013-SMV/11.1del 04 de octubre de 2013, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 02 de octubre de 2013, Financiera Efectiva S.A., solicito la inscripcion de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva", por un importe MORDAZA de hasta S/. 120'000,000.00 (Ciento Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente Complemento del Prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la revision de la documentacion e informacion presentada como sustento de la solicitud a la que se refiere el parrafo precedente, se ha verificado que en Junta General de Accionistas de Financiera Efectiva S.A. celebrada el 31 de MORDAZA de 2013, se acordo por unanimidad aprobar el "Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva", hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 250'000,000.00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de America; y se delego en el Gerente General de la sociedad, facultades suficientes para determinar los terminos, caracteristicas y condiciones del programa y sus respectivas emisiones a ser efectuadas en virtud de este; Que, mediante Resolucion SBS Nº 4549-2013, de fecha 19 de MORDAZA de 2013, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP opino favorablemente respecto de la emision de bonos corporativos de Financiera Efectiva S.A., a ser emitidos en el MORDAZA del "Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva"; Que, mediante Resolucion de Intendencia General SMV Nº 086-2013-SMV/11.1, del 30 de setiembre de 2013, se aprobo el tramite anticipado e inscribio el programa denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva", hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 250'000,000.00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, y se dispuso el registro del Prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada, se ha determinado que Financiera Efectiva S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias;

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