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El Peruano Lunes 14 de octubre de 2013 504799 SALUD Designan Ejecutivo Adjunto I, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 640-2013/MINSA Lima, 11 de octubre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-103537-001, que contiene la Nota Informativa N° 954-2013-OGGRH/MINSA, remitida por el Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 041-2013-SA, de fecha 21 de setiembre de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual, el cargo de Ejecutivo Adjunto I de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, a través del documento de visto el Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, propone designar al Abogado Alfonso Quispe Chuquicondo, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General a su cargo; Que, mediante el Informe N° 412-2013-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, de fecha 4 de octubre de 2013, el Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que procede la designación del profesional propuesto, en razón a que dicho cargo se encuentra califi cado como de confi anza y en la condición de vacante; Que, con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Abogado Alfonso Quispe Chuquicondo, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 999463-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la Escuela Integral KMR E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3740-2013-MTC/15 Lima, 13 de setiembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs, 080841, 106518, 110394, 119729 y 123916, presentados por la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL KMR E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 080841 de fecha 13 de junio de 2013; la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL KMR E.I.R.L., con RUC Nº 20548013519 y domicilio en Jr. Portugal Nº 660, 1er, 2do y 3er piso, Distrito de Breña, Provincia y Departamento de Lima, en adelante Empresa, presenta solicitud para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, a efectos de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II- c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III, en el referido documento solicita se considere los documentos presentados mediante Partes Diarios Nºs 040622 y 067967; Que, mediante Ofi cio Nº 4783-2013-MTC/15.03 de fecha 12 de julio de 2013, notifi cado en la misma fecha, esta administración formuló las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Parte Diario Nº 106518 de fecha 26 de julio de 2013, La Empresa presenta diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones realizadas en el Ofi cio que antecede; Que, mediante Parte Diario Nº 110394 de fecha 05 de agosto de 2013, La Empresa desiste de proponer el circuito de manejo ubicado en Autopista Panamericana Sur del Km. 21 margen derecha (rumbo Lima - Pucusana), Distrito de Lurín, Provincia y Departamento de Lima, en su reemplazo propone el circuito ubicado en Av. General José de San Martín, Mz CK Lote 05, Sector El Valle, Anexo 22, Jicamarca, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima. Asimismo, solicitó adicionalmente un plazo ampliatorio de diez (10) días a fin de subsanar adecuadamente las observaciones señaladas en el oficio antes mencionado; plazo que fue concedido por esta administración;