Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2013 (22/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales, en materia de poblacion, fomentar su bienestar, siendo de competencia municipal planificar, organizar y administrar la prestacion de servicios publicos esenciales, como es el caso de Registros Civiles. Que, el Numeral 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, estipula que una de las atribuciones del Senor MORDAZA es la de celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas del Codigo Civil, el cual en su Articulo 233º y siguientes estipula los requisitos, impedimentos, prohibiciones, diligencias y pruebas para la celebracion del Acto Matrimonial. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPH publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA de 2011, se Institucionaliza las Celebraciones del Matrimonio Civil Comunitario en las fechas conmemorativas de Aniversario de la Creacion Politica de Huaral como Provincia y Distrito en los meses de MORDAZA y Octubre respectivamente, asi como en las fechas donde sea necesaria su realizacion, previo Informe Justificatorio de la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, facultandose al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia formalice la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en dichas fechas. Que, mediante Informe Nº 066-2013/MPH/GSCyGA/ SGRC de fecha 11 de MORDAZA del 2013, a traves del cual la Sub Gerencia de Registro Civil, emite informe justificatorio, senalando en su exposicion de motivos que, en los ultimos anos en la jurisdiccion de la provincia de Huaral se ha producido un aumento considerable en el numero de parejas convivientes, muchas de ellas con hijos, y que hasta la fecha no pueden formalizar sus relacion debido al alto costo que demanda los tramites para contraer matrimonio civil en forma ordinaria; ante este panorama y a fin de facilitar que todos los vecinos de la MORDAZA de Huaral que esten interesados en contraer matrimonio civil, resulta necesario y oportuno la realizacion del Matrimonio Civil Masivo dentro del MORDAZA de las Celebraciones por el CXXIII Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Huaral, dispensandole de la publicacion de los avisos de conformidad con lo senalado en el Articulo 252º del Codigo Civil. Que, el Codigo Civil en su Articulo 248º senala que el Matrimonio Civil se celebrara ante el MORDAZA Provincial o Distrital del domicilio de cualquiera de los contrayentes, asimismo la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) en su Articulo 40º y el D.S. Nº 015-98-PCM, faculta la realizacion de matrimonios y su inscripcion, y dentro de las funciones de la Sub Gerencia de Registro Civil senaladas en el ROF, Articulo 153º en el inciso 2) autoriza a realizar matrimonios civiles de acuerdo a las normas sobre la materia.

El Peruano MORDAZA 22 de setiembre de 2013

Que, mediante Informe Nº 0586-2013-MPH/GPPR/ SGP de fecha 04 de setiembre del 2013, la Sub Gerencia de Presupuesto, senala que lo solicitado por la Sub Gerencia de Registro Civil, cuenta con Disponibilidad Presupuestal en la Especifica 2.3.27.1199, Actividad 5000578, Rubro 09, Fuente de Financiamiento 2, Meta 0020, por el monto de S/. 2,700.00 (Dos mil setecientos con 00/100 nuevos soles), del presupuesto institucional vigente. Que, a traves del Informe Nº 940-2013-MPH-GAJ de fecha 09 de setiembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina por la procedencia de la expedicion del Decreto de Alcaldia, respecto a la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario ­ Octubre 2013, dentro del MORDAZA de las Celebraciones por el CXXIII Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Huaral; en tal sentido se debera expedir dicho acto resolutivo Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) y 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2013 a realizarse dentro del MORDAZA de Celebraciones por el CXXIII Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Huaral, a llevarse a cabo el dia 26 de Octubre del 2013, a horas 11:00 a.m. sito en la Plaza de MORDAZA de Huaral. Articulo Segundo.- DETERMINAR el derecho de apertura de expediente matrimonial por el monto de S/. 45.00 (Cuarenta y cinco con 00/100 nuevos soles). Articulo Tercero.- ESTABLECER como fecha de cese de inscripciones el dia 24 de Octubre del 2013 Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, Gerencia de Desarrollo Social y Economico, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y Sub Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- DISPENSAR de la Publicacion de los Edictos de Ley. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas, Unidad Organica Dependiente de la Gerencia Municipal, la Publicacion del presente Decreto de Alcaldia en la Pagina Web Institucional (www.munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial
990827-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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