Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2013 (22/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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2. Finalidad de la Encuesta La Encuesta de Percepcion del MORDAZA de Credito tiene como objetivo obtener informacion periodica de caracter cualitativo sobre el comportamiento reciente de la demanda de credito y los cambios en la oferta de credito que se anticipan en el corto plazo, a traves de las condiciones crediticias, tanto por segmento de MORDAZA como por sector economico. 3. Registro de la Encuesta Las empresas deberan completar la Encuesta de Percepcion del MORDAZA de Credito con periodicidad trimestral, y remitirla a esta Superintendencia dentro de los diez (10) dias calendario del mes siguiente al cierre de cada trimestre, comenzando por el trimestre que termina el 31 de diciembre de 2013. La Encuesta debera ser llenada a traves del aplicativo EPEMEC, disponible a traves del MORDAZA del Supervisado. 4. Responsables de la Encuesta La Encuesta debera ser respondida por los Gerentes de Negocios o Gerentes de Riesgos de las empresas. La designacion de los responsables del llenado de la EPEMEC debera ser comunicada mediante Oficio dirigido a esta Superintendencia a mas tardar el dia 10 de octubre del 2013, debiendo enviar MORDAZA de dicha comunicacion a la siguiente direccion electronica: encuesta@sbs.gob.pe Asimismo, cada vez que ocurra algun cambio en dicha designacion, la empresa debera comunicarlo a traves de los medios MORDAZA senalados, dentro de los cinco (5) dias habiles de producido el cambio. 5. Aspectos operativos del aplicativo EPEMEC Los aspectos operativos del aplicativo EPEMEC, tales como instrucciones, medidas de seguridad, capacitacion y demas aspectos necesarios para su adecuado funcionamiento, podran ser establecidos mediante Oficio Multiple de la Superintendencia. 6. Vigencia La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)
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El Peruano MORDAZA 22 de setiembre de 2013

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de 16 de MORDAZA del 2013, el Oficio Nº 001-090-00007061 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 008MDMM, modificada por la Ordenanza N° 014-MDMM, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprobo las Ordenanzas materia de la ratificacion, remitiendolas al Servicio de Administracion Tributaria, con sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-18100000669 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y N 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011; Que, la prestacion del servicio se efectuara en 518 espacios de estacionamiento, dependiendo de la MORDAZA de lunes a MORDAZA desde las 08:00 hasta las 22:00 horas, con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la citada municipalidad ha proyectado percibir financiara el 89.21% de los costos del servicio y la diferencia debera ser cubierta con otros ingresos que perciba la misma; De acuerdo con lo opinado por el SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 173-2013-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 008MDMM, modificada por la Ordenanza N° 014-MDMM, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito, cuyo servicio se prestara en 518 espacios de estacionamiento, dependiendo de la MORDAZA de lunes a MORDAZA desde las 08:00 hasta las 22:00 horas. Articulo Segundo.- La ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo ratificatorio, asi como del texto integro de las Ordenanzas N° 008-MDMM, modificada por la Ordenanza N° 014-MDMM que contienen los MORDAZA de estructura de costos, de estimacion de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, por lo que su aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza Nº 008-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 014MDMM, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA que establece Tasa por Estacionamiento Vehicular en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 1463

MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2013

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