NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 43
El Peruano Domingo 22 de setiembre de 2013 503433 VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la III Reunión del Grupo de Trabajo de Pruebas de Estrés, la misma que se llevará a cabo los días 25 y 26 de setiembre de 2013, en la ciudad de Madrid, Reino de España; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), por lo que su participación en las actividades de la citada Asociación brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema fi nanciero en la región; Que, la III Reunión del Grupo de Trabajo de Pruebas de Estrés se llevará a cabo en el marco del proyecto “Fortalecimiento de la Supervisión Bancaria para Mejorar el Acceso a Servicios Financieros en las Américas”, siendo sus objetivos analizar y validar los campos adicionales propuestos a la metodología aplicada en la herramienta de pruebas de estrés que fueron acordadas durante la segunda reunión del referido Grupo de Trabajo; así como evaluar los cambios señalados con respecto a la funcionalidad, precisión y alcance de esta herramienta, a partir de la presentación del estudio contratado para este fin; Que, en tanto los temas que se desarrollarán en la citada reunión de trabajo, redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de su competencia, se ha considerado conveniente designar al señor Manuel Armando Luy Molinié, Jefe del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, para que participe en la citada reunión en su calidad de miembro del Grupo de Trabajo de Pruebas de Estrés; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 5372-2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 N° SBS-DIR- ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Manuel Armando Luy Molinié, Jefe del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 23 al 27 de setiembre de 2013 a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2 332,93 Viáticos US$ 2 160,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 991122-1 Establecen disposiciones para la realización de la Encuesta de Percepción del Mercado de Crédito - Aplicativo EPEMEC CIRCULAR Nº B-2215 - 2013 Lima, 20 de setiembre de 2013 CIRCULAR Nº B-2215-2013 F-555 - 2013 CM-403 - 2013 CR-271 - 2013 EDPYME-147- 2013 EAF-248 - 2013 ------------------------------------------------------ Ref.: Encuesta de Percepción del Mercado de Crédito – Aplicativo EPEMEC ------------------------------------------------------ Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confi ere los numerales 3 y 13 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modifi catorias, y para un monitoreo de la situación general y sectorial del crédito, esta Superintendencia atendiendo a las condiciones de excepción establecidas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, ha resuelto emitir la presente Circular que establece disposiciones respecto a la Encuesta de Percepción del Mercado de Crédito y a la operatividad del aplicativo EPEMEC que se utilizará para su llenado, disponiéndose su publicación: 1. Alcance La presente norma es de aplicación a las empresas comprendidas en el literal A del artículo 16° de la Ley General, al Banco Agropecuario y a las empresas de arrendamiento fi nanciero, en adelante las empresas.