NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 33
El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013 503707 disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida por los gobiernos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 243-C/MC, la Municipalidad Distrital de Comas, aprobó la regulación de los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de los establecimientos en el distrito; Que, en el contexto mencionado y ante la necesidad de la Municipalidad de Comas de integrar, actualizar, armonizar y simplifi car el marco normativo existente para la obtención de Licencia de Funcionamiento en el Distrito, se ha determinado la adecuación de sus criterios a la problemática y requerimientos actuales, brindando la seguridad jurídica y el respeto a la Ley; Que, es objeto de la presente Ordenanza, establecer el marco jurídico y técnico aplicable a los procedimientos administrativos destinados a la obtención de Licencia de Funcionamiento, Autorizaciones derivadas y conexas, Autorizaciones Temporales en sus distintas modalidades para el desarrollo de las actividades económicas en el Distrito de Comas; siendo que, los procedimientos normados en el Proyecto de Ordenanza se sujetan a las disposiciones que regulan los estándares de calidad y los niveles operacionales para la prestación de las actividades económicas, teniendo como finalidad el desarrollo y crecimiento económico y comercial organizado en el distrito; Que, mediante Informe Nº 40-2013-GDE/MDC de fecha 19.07.2013, la Gerencia de Desarrollo Económico señala que el Proyecto de Ordenanza debe ser aprobado, toda vez que forma parte del cumplimiento de las Metas del Plan de Incentivos en el Marco del Proceso de Modernización Municipal, por lo que evaluado el mismo se observa la concordancia con la normatividad expuesta; por tanto, se recomienda su aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 615-2013-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina porque el Proyecto de Ordenanza que Adecúa y Regula el Procedimiento de Licencia de Funcionamiento y Procedimientos vinculados en el Distrito de Comas, acorde con la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976 en el Distrito de Comas, se encuentra conforme a la normatividad expuesta, resulta procedente y por tanto se recomienda su aprobación, correspondiendo elevar los actuados al Concejo Municipal para que, en uso de sus atribuciones y previos los trámites de Ley, proceda a su aprobación; De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobó, con el voto unánime, con la dispensa del trámite de lectura, la siguiente: “ORDENANZA QUE ADECÚA Y REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y PROCEDIMIENTOS VINCULADOS EN EL DISTRITO DE COMAS, ACORDE CON LA LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Nº 28976” Artículo 1º.- APROBAR la “Ordenanza que adecúa y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y procedimientos vinculados acorde con la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento”, cuyo contenido se detalla en el anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- MODIFICAR el contenido el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Comas, en los artículos correspondientes a la Licencia de Funcionamiento. Artículo 3º.- INCORPORAR a dicho documento los procedimientos contenidos en el Anexo Nº 02, relacionados a los procedimientos de Licencia de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DEJAR sin efecto cualquier otra Ordenanza y/o norma municipal que se oponga a la presente. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Asimismo Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información su debida publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Comas y a la Secretaria General a través de la Sub Gerencia de Comunicación Institucional su difusión. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil trece. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 993492-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Reglamentan construcción y uso de las azoteas en edificaciones en el distrito de Bellavista ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2013-CDB Bellavista, 27 de agosto del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha; visto el Informe Nº 331-2013-MDB-GDU-SGOP de la Sub Gerencia de Obras Privadas; y, Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.6.2) del artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de construcciones, remodelaciones o demoliciones de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, el Reglamento Nacional de Edifi caciones establece el objeto de normar los criterios y requisitos mínimos para el Diseño y ejecución de las Habilitaciones Urbanas y las Edifi caciones, permitiendo de esta manera una mejor ejecución de los Planes Urbanos, así mismo indica que es la norma técnica rectora en el territorio nacional que establece los derechos y responsabilidades de los actores que intervienen en el proceso edifi catorio, con el fi n de asegurar la calidad de la edifi cación; Que, la misma norma señala la obligatoriedad de la aplicación del Reglamento Nacional de Edifi caciones para quienes desarrollen procesos de habilitación urbana y