NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 35
El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013 503709 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Aprueban inscripción en los Registros Públicos de primera inscripción de dominio de terreno ubicado en el distrito, provincia y departamento de Piura (Se publica el presente Acuerdo a solicitud de la Municipalidad Provincial de Piura, mediante Ofi cio Nº 766- 2013-OSG/MPP, recibido el 26 de setiembre de 2013) ACUERDO MUNICIPAL Nº 153-2012-C/CPP San Miguel de Piura, 3 de octubre de 2012 Visto el Dictamen Nº018-2012-CDU/MPP de fecha 11 de setiembre de 2012, de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Artículo Primero del Acuerdo Municipal Nº 149-2011-C/CPP, de fecha 25 de Julio de 2011, el Concejo Municipal acuerda: Declarar la caducidad de la Cesión en Uso y la reversión a favor de la Municipalidad Provincial de Piura, del terreno de 20 hás., ubicado en la parte Sur del Asentamiento Humano Marginal “San Sebastián” y en el Sector denominado “USO ACTUAL A MANTENER”, Distrito, Provincia y Departamento de Piura, que fuera otorgado mediante Resolución Municipal Nº 169-86-C/CPP de fecha 13 de Octubre de 1986, a favor de la Central Departamental de Cooperación Popular – Piura; asimismo, en el Artículo Segundo del indicado Acuerdo Municipal, se dispone a la Ofi cina de Margesí de Bienes y a la División de Habilitación y Expansión Urbana para que realicen las acciones correspondientes, para el saneamiento del terreno materia de reversión; Que, con Informe Nº 490-2012-OMB/MPP, de fecha 16 de Julio de 2012, la Ofi cina de Margesí de Bienes informa que para registrar en la SUNARP la Primera Inscripción de Dominio del terreno de 20 hás., ubicado en la parte Sur del Asentamiento Humano Marginal “San Sebastián” y en el Sector denominado “USO ACTUAL A MANTENER”, Distrito, Provincia y Departamento de Piura, es requisito indispensable presentar el Acuerdo Municipal, a través del cual el concejo municipal aprueba la indicada inscripción; así como, adjuntar la publicación de la resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio, en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la región, en que se encuentre el predio; para lo cual recomienda remitir el informe técnico a la Gerencia Municipal, para que previo informe legal, se solicite a la Comisión de Desarrollo Urbano el Dictamen respectivo, para su elevación al Pleno del Concejo Municipal, para que mediante Acuerdo Municipal apruebe la inscripción en los Registros Públicos la Primera Inscripción de Dominio del terreno antes señalado, con la fi nalidad de que la Ofi cina de Margesí de Bienes realice el saneamiento físico legal del terreno, conforme lo dispone el Artículo Segundo del Acuerdo Municipal Nº 149-2011-C/CPP; Que, el terreno NO está inscrito en los Registros Públicos de Piura, se encuentra inscrito en la Base Catastral de este Provincial a favor de la Municipalidad Provincial de Piura, como propietario único, según código catastral Nº 0102699041; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 56º, establece que, son bienes municipales los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales, los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas, entre otros. Asimismo, la indicada Ley, en su Artículo 58º, referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, establece que, los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refi ere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo del concejo correspondiente; Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: “La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio”, por otra parte, el artículo 40º del indicado Reglamento, establece lo siguiente: “La Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico-Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen el título sufi ciente para todos los efectos legales”; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 1598-2012-GAJ/MPP, de fecha 15 de agosto de 2012, opina que se emita el Acuerdo Municipal aprobando la inscripción de terrenos de propiedad municipal, previo Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano a través del Dictamen del Visto, recomienda que mediante Acuerdo Municipal se apruebe la inscripción en los Registros Públicos la Primera inscripción de dominio del terreno de 20 Hás. Ubicado en la parte Sur del Asentamiento Humano “ San Sebastián” Y EN EL Sector denominado “USO ACTUAL A MANTENER”, distrito, Provincia y Departamento de Piura, con la fi nalidad de que la Ofi cina de Margesí de Bienes realice el Saneamiento Físico Legal del indicado terreno y proceda a inscribir la inmatriculación ante la SUNARP, conforme lo dispone el Acuerdo Municipal Nº 149-2011-C/CPP de fecha 25 de Julio de 2011; asimismo, se autorice a la Ofi cina de Secretaria General dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales – D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, sometido a consideración de los señores regidores, la recomendación de la Comisión de Desarrollo Urbano, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de setiembre de 2012, mereció su aprobación, por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la inscripción en los Registros Públicos la Primera Inscripción de Dominio, del terreno de 20 hás., ubicado en la parte Sur del Asentamiento Humano Marginal “San Sebastián” y en el Sector denominado “USO ACTUAL A MANTENER”, Distrito, Provincia y Departamento de Piura, con la fi nalidad de que la Ofi cina de Margesí de Bienes realice el saneamiento físico legal del indicado terreno, y proceda a inscribir la inmatriculación ante la SUNARP, conforme lo dispone el Acuerdo Municipal Nº 149-2011-C/CPP de fecha 25 de Julio de 2011, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación del Acuerdo Municipal que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio, el cual deberá publicarse por una sola vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA. Artículo Tercero.- DAR cuenta a la Comisión de Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, Ofi cina de Margesí de Bienes, Ofi cina de Asentamientos Humanos, División de Habilitación y Expansión Urbana y División de Catastro, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RUBY RODRIGUEZ VDA. DE AGUILAR Alcaldesa 993478-1