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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013 503706 NOMBRE DE LA OBRA MONTO NETO A TRANSFERIR ENTIDAD RECEPTORA ACUERDO REGIONAL 2 Construcción de Comedor Popular -Bellavista 7,640.21 Municipalidad Provincial de Bellavista Nº 40-2013- GRSM/CR 3 Construcción Colegio Nacional Augusto Salazar Bondy 175,568.01 UGEL Mariscal Cáceres – Juanjui Unidad Ejecutora Nº 0928 Nº 41-2013- GRSM/CR 4 Instalación del Sistema de Alcantarillado en la Localidad de Pasarraya 592,491.31 Municipalidad Distrital de Alto Saposoa Nº 42-2013- GRSM/CR 5 Construcción Puente Peatonal Cantorcillo 182,859.16 Municipalidad Distrital de Alto Huallaga Nº 43-2013- GRSM/CR 6 Construcción Instituto Superior Pedagógico - Uchiza 200,621.39 Unidad Ejecutora Nº 0929 UGEL Tocache -Tocache Nº 58-2013- GRSM/CR 7 Construcción Colegio Nacional Ramal de Aspuzana 257,017.97 Unidad Ejecutora Nº 0929 UGEL Tocache -Tocache Nº 59-2013- GRSM/CR 8 Term. Aulas Centro Educativo Integral Nº 430 - Madre Mía 171,583.38 Unidad Ejecutora Nº 0929 UGEL Tocache -Tocache Nº 60-2013- GRSM/CR 9 Construcción Aulas C.N. Juan Velasco Alvarado- Consuelo 252,254.68 UGEL Mariscal Cáceres – Juanjui Unidad Ejecutora Nº 0928 Nº 61-2013- GRSM/CR 10 Construcción Aulas CEI 268 Huicungo 140,311.66 UGEL Mariscal Cáceres – Juanjui Unidad Ejecutora Nº 0928 Nº 62-2013- GRSM/CR 11 Ampliación de las Redes de Desagüe de Pachiza 206,033.80 Municipalidad Distrital de Pachiza Nº 63-2013- GRSM/CR 12 Construcción Techo Municipal de Pachiza 18,707.93 Municipalidad Distrital de Pachiza Nº 64-2013- GRSM/CR 13 Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Tocache 1,184,433.97 Municipalidad Provincial de Tocache Nº 65-2013- GRSM/CR Artículo Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo Regional al Ejecutivo Regional y a las instancias pertinentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación del presente Acuerdo Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO CH. NOLASCO AGUIRRE Presidente del Consejo Regional de San Martín Consejo Regional 992771-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Adecuan y regulan procedimiento de licencia de funcionamiento y procedimiento vinculados en el distrito de Comas, acorde con la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento ORDENANZA Nº 394-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Ordinaria de fecha 21.08.2013; el Dictamen Nº 01- 2013-CDE-MDC, emitido por la Comisión de Desarrollo Económico; el Informe Técnico Nº 40-2013-GDE/MDC de fecha 19.07.2013, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 615-2013-GAJ-MDC de fecha 24.07.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos jurídicos; la Carta Nº 03-CDE-GPDA/MDC de fecha 12.08.2013 emitido por la Presidencia de la Comisión de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado mediante Ley 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el numeral 3.6.4) del artículo 79º y el numeral 3.6) del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específi ca de las municipalidades distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, el artículo 6º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los “gobiernos locales promueven el desarrollo económico, con incidencia en la micro y pequeña empresa” y en su artículo 10º, establece que los “gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental”. Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia y función específi ca exclusiva de las municipalidades el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación. Que, asimismo el Artículo 83º del texto acotado señala que es función de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, la Ordenanza Nº 243-C-MC, publicada en fecha 9 de agosto del 2007, aprobó el reglamento que regula el procedimiento para la obtención de licencias de funcionamiento y autorizaciones en el distrito de Comas. Asimismo, la Ordenanza 262-C/MC aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas. Que, con fecha 05.02.2007 entró en vigencia la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, cuya fi nalidad es establecer el marco jurídico de las