Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2013 (28/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 28 de setiembre de 2013

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Modifican el Manual de Organizacion y Funciones Institucional del Ministerio, respecto del cargo de Secretario Relator de las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal
RESOLUCION SECRETARIA GENERAL N° 007-2013-EF/13
MORDAZA, 25 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 7242011-EF/41, de fecha 10 de octubre de 2011, se aprobo la Directiva N° 002-2011-EF/41.02 "Normas para la elaboracion, aprobacion y actualizacion del Manual de Organizacion y Funciones (MOF) Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas"; Que, mediante Resolucion de Secretaria General N° 002-2011-EF/13, de fecha 2 de noviembre de 2011, se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 6262012-EF/43, de fecha 5 de octubre de 2012, se aprobo la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, del Cuadro para Asignacion de Personal, del Manual de Clasificacion de Cargos y del Manual de Organizacion y Funciones Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, respecto del Tribunal Fiscal, en aplicacion al articulo 3 del Decreto Legislativo N° 1115, Decreto Legislativo que establece medidas destinadas al fortalecimiento del Tribunal Fiscal; Que, la Presidencia del Tribunal Fiscal ha solicitado la modificacion del Manual de Organizacion y Funciones Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, respecto del cargo de Director de Programa Sectorial II, Secretario Relator de las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal; Que, con el Informe N° 275-2013-EF/41.02, la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto considera viable la modificacion solicitada por la Presidencia del Tribunal Fiscal; y De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43; en la Directiva N° 002-2011-EF/41.02 "Normas para la elaboracion, aprobacion y actualizacion del Manual de Organizacion y Funciones (MOF) Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas", aprobada con Resolucion Ministerial N° 724-2011-EF/41 y en la Directiva N° 001-95-INAP/DNR "Normas para la formulacion del Manual de Organizacion y Funciones", aprobada con Resolucion Jefatural N° 095-95-INAP/DNR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Manual de Organizacion y Funciones Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, respecto del cargo de Director de Programa Sectorial II, Secretario Relator de las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el Anexo de la presente resolucion, se publicara en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) e Intranet disponiendose su difusion a todo el personal del Ministerio de Economia y Finanzas mediante correo electronico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria General

ENERGIA Y MINAS
Declaran extinguida servidumbre respecto de lotes de terreno ubicado en el departamento de MORDAZA, a solicitud de Asesorias y Servicios San MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 396-2013-MEM/DM
MORDAZA, 24 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente N° 21220612, presentado por la empresa Asesorias y Servicios San MORDAZA S.A.C., sobre extincion de servidumbre; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 40, de fecha 18 de MORDAZA de 1950, expedida por el Ministerio de Fomento y Obras Publicas, actualmente Ministerio de Energia y Minas, se autorizo a Empresas Electricas Asociadas ejecutar obras para la implantacion de la Linea de Transmision de 64 kV, destinada a conectar la Central Generadora Moyopampa con el Tablero General de Distribucion MORDAZA MORDAZA, iniciando los tramites respectivos para el establecimiento de servidumbres; Que, en merito a la Resolucion Suprema N° 40, referida en el considerando que antecede, se extendio la Escritura Publica de fecha 06 de MORDAZA de 1962, en virtud de la cual la Fabrica de Vinos y Licores MORDAZA MORDAZA Compania Comercial Inmobiliaria S.A., constituyo servidumbre de electroducto a favor de Empresas Electricas Asociadas con el objeto de la implantacion de la citada Linea de Transmision de 64 kV sobre el inmueble denominado Fundo Caraponguillo; Que, empresa Asesorias y Servicios San MORDAZA S.A.C. mediante el documento ingresado con registro N° 2153180, de fecha 10 de enero de 2012, ha solicitado la extincion de servidumbre que se constituyo sobre sus predios, ubicados en la Mz. N, lotes 13 y 14, Urb. Las MORDAZA de Caraponguillo, primera etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscritos en las Partidas N° 11892532 y Nº 11892533 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima; Que, los argumentos de la solicitud de extincion de servidumbre se basan en que, la indicada servidumbre de electroducto a favor de Empresas Electricas Asociadas, estuvo inscrita desde que Asesorias y Servicios San MORDAZA S.A.C. adquirio mediante contratos de compra venta los citados lotes 13 y 14 de la Mz. N de la Urb. Las MORDAZA de Caraponguillo, siendo la vendedora Soluciones y Desarrollos S.A., conforme figura inscrito en los Asientos C00004 y C00003, de las Partidas Nº 11892532 y Nº 11892533, respectivamente, del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, manifestando que no obstante desde esa fecha hasta la actualidad no ha MORDAZA por su propiedad ninguna linea de transmision de energia electrica; Que, el literal b) del articulo 119 de la Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley N° 25844, dispone que el Ministerio de Energia y Minas, a pedido de parte o de oficio, declarara la extincion de las servidumbres impuestas en caso el propietario del predio sirviente demuestre que la servidumbre permanece sin uso por mas de doce meses consecutivos; Que, en el presente caso, atendiendo a lo solicitado a traves del Oficio N° 050-2013-MEM-DGE, dirigido al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN y notificado el 10 de enero de 2013, dicho organismo remitio el Oficio N° 809-2013-OS-GFE, ingresado con registro N° 2264873, adjuntando el Informe de Supervision Especial N° 004-2013/VEN, de fecha 29 de enero de 2013, senalando que ha verificado que no existen instalaciones electricas en la Mz. N, lotes 13 y 14, Urb. Las MORDAZA de Caraponguillo, primera etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, que fue objeto de gravamen por constitucion de servidumbre, razon por la que resulta aplicable lo dispuesto en el literal b) del articulo 119 de la Ley de Concesiones Electricas, mencionado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion;

993482-1

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