NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Sábado 28 de setiembre de 2013 503751 noviembre de 2011, el Ministro del Interior delegó en el Viceministro de Gestión Institucional, los Titulares de las Unidades Ejecutoras y diversos funcionarios del Ministerio, facultades establecidas para el Titular de la Entidad en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; advirtiéndose que esta resolución fue emitida al amparo de la Ley N° 29334 y el Decreto Supremo N° 004- 2005-IN, dispositivos mediante los cuales se aprobaron la Ley y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, respectivamente, los mismos que a la fecha se encuentran derogados; Que, en la actualidad el funcionamiento y organización del Ministerio del Interior se encuentra normado por el Decreto Legislativo N° 1135, que aprobó la “Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de diciembre de 2012; y, el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, que aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, publicado en el mencionado diario con fecha 30 de junio de 2013; Que, de acuerdo con el artículo 9 de la nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, concordado con el artículo 7 del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro es la más alta autoridad política del Sector del Interior y es el Titular del Pliego Presupuestario, siendo responsable de su conducción; Que, conforme a lo establecido en el literal q. del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro es el encargado de proponer la organización interna del Sector Interior de acuerdo a las competencias que le atribuye la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; siendo además que, de acuerdo con el literal x. del mismo artículo, el Ministro ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las demás leyes, pudiendo delegar y/o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, de acuerdo a los artículos 11 y 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional es el encargado de dirigir y supervisar las acciones de gestión interna del Ministerio, dentro de las políticas sectoriales defi nidas por el Ministro, encontrándose facultado, entre otros, a administrar los recursos humanos, materiales y fi nancieros del Ministerio; Que, debe tenerse en cuenta que conforme lo precisa el artículo 2 de la “Ley de la Policía Nacional del Perú”, aprobada por Decreto Legislativo N° 1148, la Policía Nacional del Perú es una institución pública del Estado, dependiente del Ministerio del Interior; siendo que su Director General depende el Ministro del Interior, quien conforme al artículo 9 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, tiene entre sus funciones el supervisar y evaluar el cumplimiento de la fi nalidad de la Policía Nacional del Perú; Que, la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior, a través de los Ofi cios N° 002232 y 2275-2013/IN/DGA, remitió un proyecto de Resolución Ministerial a efectos que se reemplace lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 1201-2011-IN, con relación a la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado para el Pliego Presupuestal 007: Ministerio del Interior; considerando lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1135, que aprobó la “Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, que aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, así como el Decreto Legislativo N° 1148, que aprobó la “Ley de la Policía Nacional del Perú”; Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y, atendiendo a la nueva estructura orgánica del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de otorgar una mayor fl uidez a la gestión administrativa del Pliego Presupuestal 007: Ministerio del Interior para el cumplimiento de los objetivos del Sector Interior, resulta conveniente reemplazar lo establecido por la Resolución Ministerial N° 1201-2011-IN, disponiendo un nuevo esquema de delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior; y, con el informe favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, aprobada por Ley Nº 29158; la “Ley de Contrataciones del Estado”, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y modifi cada por Ley N° 29873; el “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF y modifi cado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF; la “Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, aprobado por Decreto Legislativo N° 1135; y, el “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior”, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013- IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer como órganos encargados de las contrataciones en el Pliego Presupuestal 007: Ministerio del Interior: Todas las Unidades Ejecutoras del Pliego Dirección de Logística o la que haga sus veces en cada Unidad Ejecutora Artículo 2.- Delegar las facultades en materia de contrataciones del Estado en los funcionarios destallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Las delegaciones de facultades a que se refi ere el artículo precedente serán asumidas - excepcionalmente- por el jefe inmediato superior del delegado, cuando el delegado haya sido previamente designado como miembro de Comité Especial, haya aprobado el Expediente de Contratación, haya aprobado las Bases o tenga facultades para resolver el recurso de apelación, conforme a lo dispuesto por la normativa de Contrataciones del Estado. Artículo 4.- Las facultades conferidas por la presente Resolución Ministerial no podrán ser materia de posteriores delegaciones por parte de los funcionarios a quienes les han sido delegadas tales facultades. Artículo 5.- Las Unidades Ejecutoras y los funcionarios aludidos en la presente Resolución, deberán cautelar que los procesos de selección se realicen con sujeción estricta a lo establecido en la “Ley de Contrataciones del Estado”, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y modifi cada por Ley N° 29873, y el “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi cado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF, disponiendo las acciones que estimen pertinentes para el adecuado cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 1201-2011-IN de fecha 19 de noviembre de 2011, así como las demás normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 994082-2 PRODUCE Autorizan viajes de profesionales a EE.UU. y Brasil, en comisión de servicios INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DEC-239-2013 Callao, 25 de setiembre de 2013 VISTOS: El Expediente relacionado con la participación del Mat. Enrique Manuel Ramos Vásquez – Profesional CAS de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, en la Primera Reunión del Comité Científi co de la Organización Regional de Pesca del Pacífi co Sur (OROP- PS) a realizarse en La Jolla, California, EE.UU., del 21 al