Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Sábado 28 de setiembre de 2013 503758 todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Comunicaciones Personales (PCS); Que, mediante Informe N° 1796-2013-MTC/08, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, el Texto Único Ordenado de Bases de la Licitación Pública Especial para la Ejecución del Proceso “Concesión Única para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Dos Bloques de las Bandas 1 710 - 1 770 MHz y 2 110 - 2 170 MHz, a nivel nacional”; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Comunicaciones Personales (PCS). Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintidós (22) cláusulas y ocho (08) anexos y que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. en la Fecha de Cierre, fi jada de conformidad con el Texto Único Ordenado de Bases de la Licitación Pública Especial para la Ejecución del Proceso “Concesión Única para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Dos Bloques de las Bandas 1 710-1 770 MHz y 2 110- 2 170 MHz, a nivel nacional”, y verifi cado el cumplimiento de la documentación y requisitos establecidos en dichas bases para tal efecto. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 994332-1 Reconocen a persona natural como titular de autorización para prestar servicio de radiodifusión, otorgada mediante R.VM. Nº 414-2009-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 434-2013-MTC/03 Lima, 2 de setiembre del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2012-062977, sobre transferencia de autorización otorgada a la señora LUZ AMELIA VARGAS ALEGRIA DE VARGAS, a favor del señor ANTONIO ADOLFO BERNARDO HUANAY; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 414- 2009-MTC/03 del 07 de setiembre de 2009, se otorgó a la señora LUZ AMELIA VARGAS ALEGRIA DE VARGAS, autorización y permiso por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Pampas–Acraquia– Ahuaycha– Mariscal Cáceres, departamento de Huancavelica; Que, con escrito de registro N° 2012-062977 de fecha 21 de setiembre de 2012, la señora LUZ AMELIA VARGAS ALEGRIA DE VARGAS solicita la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 414-2009-MTC/03, a favor del señor ANTONIO ADOLFO BERNARDO HUANAY; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74° y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, con Informe Nº 1372-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que es procedente aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la señora LUZ AMELIA VARGAS ALEGRIA DE VARGAS con Resolución Viceministerial N° 414-2009-MTC/03, a favor del señor ANTONIO ADOLFO BERNARDO HUANAY, al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verifi car que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la señora LUZ AMELIA VARGAS ALEGRIA DE VARGAS mediante Resolución Viceministerial Nº 414-2009-MTC/03, a favor del señor ANTONIO ADOLFO BERNARDO HUANAY; conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer al señor ANTONIO ADOLFO BERNARDO HUANAY, como titular de la autorización señalada en el artículo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de