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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (17/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Jueves 17 de abril de 2014 521155 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi cación del TUPA Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2002-AG, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 662-2003-AG, N° 629-2007-AG, N° 0212-2011-AG y Nº 0279-2013-MINAGRI, en lo referente a la base legal, el silencio administrativo, la autoridad competente para resolver, la instancia de resolución del recurso de apelación, la eliminación del recurso de reconsideración y la reducción del costo de reproducción de la información del Procedimiento Administrativo 1 “Acceso a la Información Pública que produzcan o posean las dependencias del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Eliminación de Procedimiento Administrativo Eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego, a que se re fi ere el artículo anterior, el Procedimiento Administrativo 2 “Queja por defectos de tramitación”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- De la publicaciónPublicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1074149-6 CULTURA Autorizan viaje de personal del Ministerio de Cultura a Bogotá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2014-MC Lima, 16 de abril de 2014 Vistos, el Memorando N° 376-2014-OGA-SG/MC de la Directora General de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 156-2014-DGIA-VMPCIC/MC el Informe Nº 157-2014-DGIA-VMPCIC/MC, y Memorando N° 123-2014-DGIA-VMPCIC/MC de la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios;Que, asimismo el artículo 81 del citado Reglamento establece que la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones proponer, promover e implementar los planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión de la creación literaria y del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; así como promover la participación de los autores, editores, libreros y otros profesionales peruanos del libro en congresos, ferias, exposiciones y otros eventos nacionales e internacionales dedicados al libro y productos editoriales a fi nes; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 036- 2014-MC que declaró de interés institucional la participación del Perú a través del Ministerio de Cultural en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, que se llevará a cabo del 29 de abril al 12 de mayo de 2014; Que, mediante Memorando N° 123-2014-DGIA- VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, solicita se gestione el viaje de las señoritas Mariela Ninna Noriega Alegría, Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes y Vera Lauer Salas, en calidad de Coordinadora General, para la coordinación, supervisión de la producción y montaje de los principales eventos a desarrollarse en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, a fi n de garantizar el éxito de la participación del Perú como País invitado de honor en la FILBO 2014; Que, de acuerdo al documento antes señalado, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, propone que la señorita Vera Lauer Salas, con Contrato Administrativo de Servicios N° 0108-2014-MC, participe en las actividades de coordinación que se llevarán a cabo del 21 de abril al 12 de mayo de 2014 y la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría, participe en la coordinación de estas actividades del 21 al 22 de abril de 2014 y, del 26 de abril al 12 de mayo de 2014; siendo los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Que, en virtud de lo solicitado por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y el Informe N° 157-2014-DGIA-VMPCIC/MC, la Ofi cina General de Administración mediante Memorando N° 376-2014-OGA-SG/MC, asigna por concepto de hospedaje y traslados las sumas de US $ 220.00 (Doscientos Veinte Dólares Americanos) y US$ 50.00 (Cincuenta Dólares Americanos) respectivamente, los cuales serán abonados directamente por el Ministerio de Cultura, y la suma de US$ 100.00 (Cien Dólares Americanos) para los gastos de alimentación de cada participante; Que, siendo de interés institucional coordinar el desarrollo de las actividades iniciales para la presentación del Perú en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, de las señoritas Vera Lauer Salas del 20 de abril al 13 de mayo de 2014 y Mariela Ninna Noriega Alegría del 20 al 23 de abril de 2014 y del 26 de abril al 13 de mayo de 2014, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo las excepciones establecidas, tal como la de acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Secretario General y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 30114,