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El Peruano Jueves 17 de abril de 2014 521171 ARGENTINA, solicitando la colaboración para que el Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco MERINO CÉSPEDES, Jefe de la División de Investigación Contra la Trata de Personas y Trá fi co Migratorio de la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú, pueda asistir a dicho evento académico. CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 125- 2014-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 4 de abril del 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que el señor General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje del 20 al 25 de abril de 2014, al Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco MERINO CÉSPEDES, para que participe en el “Curso sobre Judicialización de Casos de Trata de Personas” y en el lanzamiento de la Operación “SPARTACUS II”, a realizarse en la ciudad de BUENOS AIRES – REPÚBLICA ARGENTINA; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 135-2014- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de abril de 2014, el señor General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje al exterior del país en misión de estudios en el periodo comprendido del 20 al 25 de abril de 2014, al referido O fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el “Curso sobre Judicialización de Casos de Trata de Personas” y en el lanzamiento de la Operación “SPARTACUS II”, a realizarse en la ciudad de BUENOS AIRES – REPÚBLICA ARGENTINA, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje; Que, es conveniente para el interés institucional autorizar el viaje al exterior del país al referido O fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el “Curso sobre Judicialización de Casos de Trata de Personas” y en el lanzamiento de la Operación “SPARTACUS II”, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, serán cubiertos por la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú; Que, con la respectiva Declaración Jurada Simple, de fecha 3 de abril de 2014, el Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco MERINO CÉSPEDES, declaró que los gastos que demande su participación en el referido curso serán asumidos por la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú, comprometiéndose además a asumir cualquier otro gasto adicional; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior del país de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentado en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración de éste, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; y,De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior del país de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1148; Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1135 y el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios, al Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco MERINO CÉSPEDES, a partir del 20 al 25 de abril de 2014, para que participe en el “Curso sobre Judicialización de Casos de Trata de Personas” y en el lanzamiento de la Operación “SPARTACUS II”, a realizarse en la ciudad de BUENOS AIRES – REPÚBLICA ARGENTINA. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 026 - Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco MERINO CÉSPEDES• Viáticos S/. 6,300.00 • Pasajes Aéreos (Lima-Buenos Aires-Lima) S/. 1,974.00 ---------------- TOTAL S/ 8,274.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1074874-9 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos uruguayo y peruanos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2014-JUS Lima, 16 de abril de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 129- 2013/COE-TC, del 24 octubre de 2013, sobre la