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El Peruano Viernes 25 de abril de 2014 521573 excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 de abril al 03 de mayo de 2014, de la señorita María del Carmen Vergaray Galarza, y del señor Gerardo Antonio Meza Grillo, profesionales que prestan servicios del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en las Reuniones de la Organización Mundial de Comercio a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: María del Carmen Vergaray Galarza (del 26 de abril al 03 de mayo de 2014): Pasajes : US$ 2 885,51 Viáticos (US$ 540,00 x 07 días) : US $ 3 780,00 Gerardo Antonio Meza Grillo (del 26 de abril al 03 de mayo de 2014): Pasajes : US$ 3 979,69 Viáticos (US$ 540,00 x 07 días) : US $ 3 780,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1075836-1 CULTURA Autorizan viaje de funcionario del Ministerio de Cultura a Qatar y al Reino de Arabia Saudita, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2014-MC Lima, 24 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales está a cargo del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, incluyendo el patrimonio arqueológico y monumental, inmaterial, paleontológico y el fomento cultural; Que, mediante documento signado como OF. RE (DAC) N° 2-22-I/113 de fecha 26 de febrero de 2014, el Director General para Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que a través de la Embajada de la República del Perú ubicada en el Reino de Arabia Saudita, se ha recibido la Carta de Invitación del Ministro de Cultura para participar en el III Encuentro Ministerial América del Sur - Países Árabes – ASPA de Ministros de Cultura, a realizarse en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 28 al 30 de abril de 2014; Que, asimismo con Carta de fecha 18 de marzo de 2014, el Ministro de Cultura, Arte y Patrimonio del Estado de Qatar cursa invitación al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para visitar Qatar con la fi nalidad de discutir asuntos relacionados a la promoción de las relaciones culturales entre ambos países; Que, con Memorándum N° 0157-2014-VMPCIC/ MC de fecha 21 de marzo de 2014, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales comunica que por disposición del Despacho Ministerial, asistirá al III Encuentro Ministerial de Ministros de Cultura antes descrito; Que, el III Encuentro Ministerial de Ministros de Cultura que se desarrollará en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, con los representantes de los países de América del Sur y Árabes reviste especial importancia debido a que en él se abordarán temas de interés nacional en materia de Cultura y protección del patrimonio cultural, además de constituir un espacio de interrelación e intercambio de experiencias sobre las políticas que se vienen desarrollando en el sector cultura de cada país; Que, con motivo de la invitación realizada por el Ministro de Cultura, Arte y Patrimonio del Estado de Qatar, se cumplirá una agenda de trabajo en la ciudad de Doha, que incluye reuniones con el Ministro de Cultura, Arte y Patrimonio del Estado de Qatar, el Viceministro y Directores del referido Ministerio y la Presidenta de la Autoridad de Museos de Qatar, entre otros; Que, en vista de la importancia de los eventos antes descritos y el interés institucional de participar en cada una de las actividades programadas, se estima conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Jaime Castillo Butters, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del 25 de abril al 2 de mayo de 2014; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo que deben ser canalizadas a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizadas por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y las Normas reglamentarias sobre autorización de