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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (25/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Viernes 25 de abril de 2014 521586 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29332 y modifi catorias, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y modifi catoria , la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, que aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorícese una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 398 905 327,00), a favor de los Gobiernos Locales que cumplieron las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2013 y que no se encuentran comprendidos en los alcances de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5004798 : Transferencias Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 398 905 327,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 398 905 327,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados --------------------- TOTAL EGRESOS 398 905 327,00 ============ 1.2 La relación de Gobiernos Locales a que se refi ere el numeral 1.1 precedente, así como los montos que corresponde transferir a cada uno, se encuentran señalados en el Anexo “Montos a transferir a favor de los Gobiernos Locales por el cumplimiento de las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2013 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI)”, el cual forma parte del presente Decreto Supremo. 1.3 Los pliegos comprendidos en el Anexo antes mencionado deberán incorporar los recursos que se indican en dicho Anexo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, conforme lo dispone el artículo 2 de la Ley Nº 29332 y la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114. Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a gastos que no se sujeten a las disposiciones de los artículos 1 y 5 de la Ley Nº 29332, y sus modifi catorias. Artículo 4º.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo, así como el Anexo referido en el numeral 1.2 del artículo 1 del presente Dispositivo, en el Diario Oficial “El Peruano”. Dicho Anexo también deberá ser publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO MONTOS A TRANSFERIR A FAVOR DE LOS GOBIERNOS LOCALES POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS CORRESPONDIENTES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013 DEL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN Y MODERNIZACIÓN MUNICIPAL (PI) Nº Ubigeo Departamento Provincia Distrito Clasifi cación municipal Asignación de recursos por el cumplimiento de metas PI al 31 de Julio de 2013 (S/.) 1 10101 AMAZONAS CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS CPB 559,408 2 10102 AMAZONAS CHACHAPOYAS ASUNCION No CP, menos de 500 VVUU 34,287 3 10103 AMAZONAS CHACHAPOYAS BALSAS No CP, menos de 500 VVUU 42,859