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El Peruano Martes 9 de diciembre de 2014 539532 PODER EJECUTIVO CULTURA Declaran bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a monumentos arqueológicos ubicados en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, con la clasificación de Sitio Arqueológico RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 132-2014-VMPCIC-MC Lima, 4 de diciembre de 2014 Vistos, el Informe Técnico Nº 3031-2014-DSFL-DGPA- MC y el Informe Técnico Nº 657-2014-DGPA-VMPCIC/ MC, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, indican que es de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565; Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, mediante Informe Técnico Nº 0471-2013-DSFL- DGPA-MC, de fecha 21 de agosto de 2013, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informa sobre los trabajos de delimitación de 25 Monumentos Arqueológicos ubicados en los distritos de Carabayllo y San Martin de Porres en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima, entre los que se incluyen los Monumentos Arqueológicos Cerro Huatocay 4, Quebrada Algodonales y Caballero 2; Que, a través del Informe Técnico Nº 1796-2014-DSFL- DGPA/MC, de fecha de 25 de julio de 2014, se informa sobre la elaboración del Expediente Técnico de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico prehispánico Cerro Huatocay 4, en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima Metropolitana – Distrito de Carabayllo; Que, con Informe Técnico Nº 1807-2014-DSFL-DGPA/ MC, de fecha 25 de julio de 2014, se informa sobre la elaboración del Expediente Técnico de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico prehispánico Quebrada Algodonales, en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima Metropolitana – Distrito de Carabayllo; Que, mediante Informe Técnico Nº1795-2014-DSFL- DGPA/MC, de fecha 25 de julio de 2014, se informa sobre la elaboración del Expediente Técnico de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico prehispánico Caballero 2, en el marco del Plan Piloto de Delimitaciones de Lima Metropolitana – Distrito de Carabayllo; Que, a través del Certifi cado de Búsqueda Catastral Nº 2014-401581679, de fecha 05 de agosto de 2014, la Ofi cina Registral Nº IX - Sede Lima, señala que el monumento arqueológico prehispánico Cerro Huatocay 4, se visualiza comprendido en su totalidad en el ámbito mayor inscrito en la Partida Nº P18022861 del Registro de la Propiedad Inmueble cuyo dominio corresponde a la Comunidad Campesina de Quipán; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral Nº 2014-1790694, de fecha 02 de setiembre de 2014, la Ofi cina Registral Nº IX - Sede Lima, señala que el monumento arqueológico prehispánico Quebrada Algodonales, se visualiza comprendido en su totalidad en el ámbito mayor inscrito en la Partida Nº P18022861 del Registro de la Propiedad Inmueble, correspondiente a la Comunidad Campesina de Quipán; Que, con Certifi cado Búsqueda Catastral Nº 2014- 1790555, de fecha 02 de setiembre de 2014, la Ofi cina Registral Nº IX - Sede Lima, señala que el monumento arqueológico prehispánico Caballero 2, se visualiza comprendido en su totalidad en el ámbito mayor inscrito en el Asiento 2 Fojas 524 Tomo 10H, Partida Nº P11049870, cuya propiedad corre inscrita a favor de la Comunidad Campesina de Jicamarca; Que, mediante Informe Técnico Nº 3031-2014-DSFL- DGPA/MC, de fecha 18 de noviembre de 2014, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura, informa que se han elaborado los expedientes técnicos de delimitación y declaratoria de los monumentos arqueológicos antes citados, que se han realizado las notifi caciones correspondientes a los titulares registrales, habiendo transcurrido el plazo establecido para la presentación de sus alegaciones, sin que haya respuesta alguna. Asimismo, se recomendó entre otros puntos, la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación, así como la aprobación del Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Huatocay 4, Quebrada Algodonales y Caballero 2, ubicados en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Con Informe Nº 0657-2014-DGPA-VMPCIC/MC, de fecha 24 de noviembre de 2014, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Expediente Técnico de delimitación y declaratoria de los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Huatocay 4, Quebrada Algodonales y Caballero 2; Que, los citados monumentos constituyen importantes expresiones del desarrollo de las sociedades prehispánicas que habitaron en el Valle Bajo del Río Chillón entre los periodos Horizonte Temprano (200 a.c. – 600 d.c.) e Intermedio Tardío (1000-1476 d.c.), por ende su necesidad de protección frente al avance de las lotizaciones informales, con lo que se demuestra la necesidad proceder a la declaratoria y aprobación los Expedientes Técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos citados, estableciendo su área intangible para efectos de brindarle la protección legal necesaria para su conservación por lo que corresponde emitir el acto administrativo resolutivo respectivo; Que, en ese sentido, al tratarse de un inicio de ofi cio de un procedimiento, el cual guarda una motivación basada en el cumplimiento de un deber legal, debe ser notifi cado a los administrados determinados cuyos intereses o derechos protegidos puedan ser afectados por los actos a ejecutar, por lo tanto se procedió a realizar dichas notifi caciones de acuerdo a lo estipulado en los artículos 16º y 18º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, dichas notifi caciones pueden ser verifi cadas mediante las Actas de Notifi cación Nº 043429, 043430, Nº 043431 y 043432, las cuales fueron recepcionadas por parte del Secretario de la Comunidad Campesina Quipán, y por último las Actas de Notifi cación Nº 042591 y Nº 042592, las cuales fueron recepcionadas por parte del encargado de la Ofi cina de la Comunidad Campesina de Jicamarca; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 62.8 del artículo 62º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, es la Dirección encargada de elaborar el Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica), por lo tanto a través del Informe Técnico Nº 3031-2014-DSFL- DGPA/MC, de fecha 18 de noviembre de 2014, recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y la aprobación del Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Huatocay 4, Quebrada Algodonales y Caballero 2, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: