Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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3. 4. 5. Advierta la caducidad del derecho; No exista conexion logica entre los hechos y el petitorio; o El petitorio fuese juridica o fisicamente imposible.

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

"Improcedencias Articulo 559.- En este MORDAZA no son procedentes: 1. 2. La reconvencion. Los informes sobre los hechos." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Vacatio legis La presente Ley entra en vigencia a los treinta dias habiles de su publicacion en el diario oficial El Peruano, a excepcion del articulo 167, el cual entra en vigencia a los ciento veinte dias habiles. Los procesos judiciales iniciados MORDAZA de la entrada en MORDAZA, se adecuan a la presente Ley en el estado en que se encuentren, para lo cual el Poder Judicial dicta las medidas necesarias. SEGUNDA. Adecuacion del Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil El Poder Ejecutivo adecuara el Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil en el plazo de treinta dias habiles de la entrada en vigencia de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1182576-2

Si el Juez estima que la demanda es manifiestamente improcedente, la declara asi de plano expresando los fundamentos de su decision y devolviendo los anexos. Si el defecto se refiere a alguna de las pretensiones, la declaracion de improcedencia se limita a aquellas que adolezcan del defecto advertido por el Juez. Si la resolucion que declara la improcedencia fuese apelada, el Juez pone en conocimiento del demandado el recurso interpuesto. La resolucion superior que resuelva en definitiva la improcedencia, produce efectos para MORDAZA partes." "Modificacion y ampliacion de la demanda Articulo 428.- El demandante puede modificar la demanda MORDAZA que esta sea notificada. Es posible modificar las pretensiones planteadas en la demanda, siempre que las nuevas pretensiones se refieran a la misma controversia que fue objeto del procedimiento conciliatorio. Puede, tambien, ampliar la cuantia de lo pretendido si MORDAZA de la sentencia vencieran nuevos plazos o cuotas originadas en la misma relacion obligacional, siempre que en la demanda se MORDAZA reservado tal derecho. A este efecto, se consideran comunes a la ampliacion los tramites precedentes y se tramitara unicamente con traslado a la otra parte. Iguales derechos de modificacion y ampliacion tiene el demandado que formula la reconvencion." "Efectos de las excepciones Articulo 451.- Una vez consentido o ejecutoriado el auto que declara fundada alguna de las excepciones enumeradas en el Articulo 446, el cuaderno de excepciones se agrega al principal y produce los efectos siguientes: (...) 6. Remitir los actuados al Juez que corresponda, si se trata de la excepcion de incompetencia. En el caso de la excepcion de incompetencia territorial relativa, el Juez competente continua con el tramite del MORDAZA en el estado en que este se encuentre y si lo considera pertinente, aun cuando la audiencia de pruebas hubiera ocurrido, puede renovar la actuacion de alguno o de todos los medios probatorios, atendiendo a lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 50. En los demas casos el Juez debe proceder a emplazar nuevamente con la demanda." "Tramitacion Articulo 480.- Las pretensiones de separacion de cuerpos y de divorcio por las causales senaladas en los numerales 1 al 12 del articulo 333 del Codigo Civil, se sujetan al tramite del MORDAZA de conocimiento, con las particularidades reguladas en este subcapitulo. Estos procesos solo se impulsaran a pedido de parte. Cuando MORDAZA hijos menores de edad, tanto el demandante como el demandado deberan anexar a su demanda o contestacion una propuesta respecto a las pretensiones de tenencia, regimen de visitas y alimentos. El Juez evalua las coincidencias entre las propuestas y atendiendo a la naturaleza de las pretensiones, puede citar a una audiencia complementaria conforme lo establece el articulo 326 del Codigo Procesal Civil, en la cual oira a los ninos, ninas y adolescentes sobre los cuales versa el acuerdo. El Juez evalua las coincidencias entre las propuestas atendiendo a un criterio de razonabilidad, asimismo tomara en consideracion la conducta procesal de aquel que MORDAZA frustrado el acto conciliatorio respecto a dichas pretensiones." "Oportunidad Articulo 534.- La terceria de propiedad puede interponerse en cualquier momento MORDAZA que se inicie el remate del bien. La de derecho preferente MORDAZA que se realice el pago al acreedor. El Juez competente es el Juez del MORDAZA en el que se interviene."

LEY Nº 30294
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DE LA LEY 26771, QUE ESTABLECE LA PROHIBICION DE EJERCER LA FACULTAD DE NOMBRAMIENTO Y CONTRATACION DE PERSONAL EN EL SECTOR PUBLICO EN CASO DE PARENTESCO
Articulo unico. Modificacion del articulo 1° de la Ley 26771 Modificase el articulo 1° de la Ley 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, en casos de parentesco, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "Articulo 1°.- Los funcionarios, directivos y servidores publicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones publicas conformantes del Sector Publico

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