Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Gastos de traslado ­ ida y retorno (equipaje, bagaje e instalacion)
US$. 2,900.00 x 2 x 01 persona US$. 5,800.00

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$. 2,900.00 x 10 meses x 01 persona (01 Feb ­ 30 Nov 14) US$. 29,000.00 US$. 2,900.00/31 x 14 dias x 01 persona (01 Dic ­ 14 Dic 14) US$. 1,309.67 ---------------------Total a pagar : US$. 37,609.67

Articulo 3°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El citado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 7º.- El citado oficial esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 8º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1044960-6 RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2014-DE/
MORDAZA, 30 de enero de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 00174/AGREMIL P-BO, del 18 de diciembre de 2013, de la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia y el Oficio N° 046/DIEDOC/C-5.c, del 13 de enero de 2014, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, con el Oficio Nº 00174/AGREMIL P-BO, del 18 de diciembre de 2013,el Ejercito del Estado Plurinacional de Bolivia, hace extensiva la invitacion para que un (01) Oficial del Ejercito del Peru, participe como Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales Superiores, a impartirse en la Escuela de Comando y Estado Mayor "Mariscal MORDAZA de MORDAZA Cruz"; Que, con el Oficio N° 046/DIEDOC/C-5.c, del 13 de enero de 2014, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe como

Instructor del Curso de Comando y Estado Mayor para Oficiales Superiores; Que, el Ejercito del Peru, ha efectuado las coordinaciones necesarias con el Ejercito del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin que el Oficial Instructor designado, se presente a la Escuela de Comando y Estado Mayor "Mariscal MORDAZA de MORDAZA Cruz", en la MORDAZA de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a partir del 03 de febrero de 2014; Que, la designacion del Personal del Ejercito para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar al Oficial designado en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de formar su caracter y liderazgo, adquirir mayores conocimientos y experiencias en el planeamiento de operaciones conjuntas para que desempene eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor; asi como, de Docente en el Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito, dentro del MORDAZA de los compromisos bilaterales de cooperacion mutua asumidos por nuestro MORDAZA, con el proposito de conducir operaciones militares, consolidar la paz, contribuir al desarrollo del MORDAZA e incrementar las medidas de confianza con Instituciones Armadas de otros paises; Que, para la designacion del Oficial, se ha tenido en cuenta su participacion en el correspondiente MORDAZA de seleccion, promovido por la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito, de acuerdo a sus antecedentes academicos, desempeno profesional y competencias adquiridas durante su linea de carrera; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el mencionado curso como Instructor; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26° de la Ley N° 28359-Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y,

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