Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2014 (04/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Industrias Culturales y Artes, sustenta la opinion favorable de declarar de interes institucional la participacion del Peru a traves del Ministerio de Cultura, en la "XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota-FILBO", motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolucion, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del articulo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Secretario General, de la Directora General de Promocion Cultural, actualmente Direccion General de Industrias Culturales y Artes y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; Ley N° 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar de interes institucional la participacion del Peru a traves del Ministerio de Cultura en la "XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota-FILBO", que se llevara a cabo del 29 de MORDAZA al 12 de MORDAZA de 2014, atendiendo a los fines de promocion cultural y de la industria cultural del Peru, a nivel internacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura

El Peruano Martes 4 de febrero de 2014

Estando a lo opinado por la Fuerza Aerea del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 4 al 21 de febrero de 2014, a fin que participen en un entrenamiento con personal de la Fuerza Aerea del Peru en la Base Aerea de Las Palmas. 1. MORDAZA 2. Mayor 3. Mayor 4. Capitan 5. Tecnico Inspector 6. Tecnico 7. Tecnico 2do. 8. Sub Oficial 1ra. 9. Sub Oficial 1ra. 10. Sub Oficial 1ra. 11. Sub Oficial 1ra. 12. Sub Oficial 1ra. 13. Sub Oficial 1ra. MORDAZA JOHNSON MORDAZA MORDAZA MORDAZA TRINKLE MORDAZA PETERS MORDAZA MORDAZA InspectorAngela MORDAZA MORDAZA SNOW MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REZA MORDAZA WHITE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1045976-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los EE.UU. y Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL N° 069-2014 DE/SG
MORDAZA, 3 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nros. 035 y 061 del 16 y 29 de enero de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio NC-55-SGFA-EMAI- Nº 0345 del 27 de enero de 2014, el Secretario General de la Fuerza Aerea por especial encargo del Comandante General de la Fuerza Aerea, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 4 al 21 de febrero de 2014, a fin de participar en un entrenamiento con personal de la Fuerza Aerea del Peru en la Base Aerea de Las Palmas; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

1045817-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 070-2014 DE/SG
MORDAZA, 3 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nros. 048 y 060 del 22 y 29 de enero de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500-0253 del 22 de enero de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 4 de febrero de 2014 al 12 de enero de 2015, a fin de participar en el curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de MORDAZA Naval; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Capitan de Corbeta EM.

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