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El Peruano Martes 4 de febrero de 2014 516115 Designan responsables titular y suplente para la remisión de ofertas de empleo del PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 023-2014-MINEDU-VMGI-OBEC-PRONABEC San Borja, 20 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, establece que este Programa está a cargo del Ministerio de Educación y se encargará del diseño, planifi cación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos, cuyo Manual de Operaciones aprobado por la Resolución Ministerial N° 108-2012-ED, entre otras, establece su estructura organizativa; Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 012- 2004- TR, Reglamento de la Ley Nº 27736, establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo (ahora Dirección General del Servicio Nacional del Empleo) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar; señalando, además, que los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar; debiendo designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante Resolución del titular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29849 incorpora, entre otros, el artículo 8º al Decreto Legislativo 1057, estableciendo que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, de conformidad con el artículo 15° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece expresamente que el Órgano encargado de los Contratos Administrativos de Servicios es la Ofi cina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces, y; Con el visto de la Ofi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27736 Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR; en el Decreto Legislativo 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, modifi cado por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 29849, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 075-2008-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo 065-2011-PCM; en la Ley N° 29837 que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y en su Manual de Operaciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los responsables, titular y suplente, para la remisión de las ofertas de empleo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a los siguientes profesionales: • Titular: Abogado WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Jefe (e) de la Unidad de Personal de la Ofi cina de Administración. • Suplente: Licenciado JESÚS ABRAHAM CASTILLO ORÉ. Especialista en Recursos Humanos de la Unidad de Personal de la Ofi cina de Administración. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (www.pronabec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL CHOQUE LARRAURI Director Ejecutivo(e) Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 1045838-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban donación proveniente de la suscripción de convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y el Banco Mundial, en el marco de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2014-MEM/DM Lima, 31 de enero de 2014 Visto, el Memorándum Nº 0054-2014/MEM-OGGS de 23 de enero de 2014 del Director de la Ofi cina General de Gestión Social. CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de marzo de 2005, el Gobierno del Perú expresó su apoyo a la Declaración de la Conferencia de Londres sobre la iniciativa de Transparencia en las Industrias Extractivas (EITI), la misma que ha sido promovida por el Gobierno del Reino Unido como parte del Grupo de los Ocho; Que, en mayo de 2005, el Ministerio de Energía y Minas manifestó la adhesión del Gobierno Peruano a los principios del EITI y a su proceso de implementación con el objeto de dotar de transparencia los ingresos y pagos provenientes de las actividades petroleras, gasíferas y mineras hacia el Estado, así como desde este último hacia entidades fi nales de gasto público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-EM se aprobó el “Plan de Acción para la Implementación de la Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas - EITI”, disponiendo su implementación y ejecución, y se creó la Comisión de Trabajo de la EITI para la ejecución de dicho Plan, habiéndose ampliado su vigencia mediante Decretos Supremos Nº 030-2007-EM, 044-2008-EM y 020-2010-EM hasta el año 2010; Que, con Decreto Supremo Nº 028-2011-EM se crea la Comisión Multisectorial Permanente para el seguimiento y supervisión de la Transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburífera, encargada de efectuar labores de acopio de información, supervisión, seguimiento y monitoreo permanente de la transparencia y del empleo de los recursos e ingresos fi scales que obtiene el Estado por todo concepto proveniente de las industrias extractivas minera e hidrocarburíferas, así como de las acciones orientadas a la implementación y desarrollo de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) en nuestro país; Que, conforme al artículo 6 del Decreto Supremo Nº 028- 2011-EM, la Comisión creada contará con una Secretaría Técnica, adscrita al Ministerio de Energía y Minas y será ejercida por la Ofi cina General de Gestión Social de dicho Ministerio, y contará con personal destacado para el cumplimiento de sus funciones; Que, en el marco de las precitadas normas, con fecha 05 de setiembre de 2013 se suscribió el Convenio “MDTF EITI Donación Nº TF015428” entre el Ministerio de Energía y Minas y el Banco Mundial, con el objetivo de fortalecer a la entidad en la implementación y ejecución del Plan de Acción denominado “Segunda Fase de Implementación