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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2014 (25/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Domingo 25 de mayo de 2014 523904 vinculados al sistema fi nanciero, análisis de políticas, el control de riesgos fi nancieros y la ley fi nanciera de China, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el mencionado evento serán de utilidad y aplicación en las actividades de supervisión y regulación de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señorita Farida Saraid Paredes Falconi, Supervisor Principal de Riesgos LAFT II del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para que participe en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Ministerio de Comercio de la República Popular China y por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085- 17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013- PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señorita Farida Saraid Paredes Falconi, Supervisor Principal de Riesgos LAFT II del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgo de la SBS del 26 de mayo al 28 de junio de 2014, a la ciudad de Beijing, República Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación serán cubiertos en forma parcial por el Ministerio de Comercio de la República Popular China y por concepto de viáticos complementarios por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 4,500.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1087488-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de San Borja ORDENANZA Nº 525-MSB San Borja, 12 de mayo de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la IX-2014 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de mayo de 2014, el Dictamen Nº 023- 2014-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 002-2014-MSB-CPV de la Comisión de Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad; Que, el numeral 17.1) del Artículo 17° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana, en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 14° y 34° del Artículo 9° y Artículo 53° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales promueven la efectiva participación vecinal; y asimismo, garantizan espacios de concertación a través del Proceso del Presupuesto Participativo, como instrumento de administración y gestión, con la fi nalidad de que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados respondan fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, entre otros; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cada por Ley N° 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, y el Decreto Supremo N° 142- 2009-EF, desarrollan los preceptos normativos citados, por consiguiente, regulan los criterios de alcance, cobertura y monto de los proyectos de impacto regional, provincial y distrital; Que, la Dirección General del Presupuesto Público mediante Resolución Directoral N° 01-2010-EF/76.01, aprobó el Instructivo y 14 Anexos, cuyas normas de carácter general y permanente, orientan el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Que, en el marco normativo que precede, la Gerencia de Planeamiento Estratégico en el Informe Técnico Nº 008-2014-MSB-GPE/JNR, propone la actualización de la norma distrital que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados del distrito de San Borja; Que, con Informe Nº 324-2014-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta normativa se encuentra arreglada a Ley, y por consiguiente opina por la viabilidad de su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: