Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2014 (25/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 25 de MORDAZA de 2014

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determino la viabilidad de la propuesta presentada por Secretaria General sobre la exoneracion del pago total de apertura de pliego matrimonial y de ceremonia para los vecinos de San Borja; Que, es politica de la actual gestion municipal promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario, con el fin de formalizar la situacion y actualizar el estado civil de los residentes de San MORDAZA, que por motivos economicos no puedan acceder a un acto particular; Que, asimismo, los trabajadores interesados de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (funcionarios, empleados y obreros), contratados bajo los regimenes de la Actividad Publica, de la Actividad Privada y trabajadores contratados en el Regimen Especial Laboral de Contratacion Administrativa de Servicios, podran tambien participar en la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, debido a que gozan del beneficio de exoneracion de pago de derechos de apertura de pliego matrimonial y celebracion de Matrimonio Civil, aprobado mediante Ordenanza Nº 489-MSB; Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º y del articulo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Actas se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2014 Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014, el dia 28 de junio de 2014, a las 16:00 horas en el MORDAZA de la MORDAZA (ubicado entre las Av. Boulevard con Av. San MORDAZA Sur) del distrito de San Borja. Articulo Segundo.- Exonerar el pago total por concepto de apertura de pliego matrimonial y de ceremonia establecidos en los numerales 1.2 y 1.10.2.1, respectivamente, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, a toda MORDAZA que se inscriba para la ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario a celebrarse el 28 de junio del presente, debiendo cumplir con los requisitos de ley. Articulo Tercero.- Establecer como requisitos del Matrimonio Civil Comunitario los senalados en el numeral 1.2 (del 1.2.1 al 1.2.5) establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, y con lo dispuesto en los articulos 248° y 250° del Codigo Civil, pudiendo la Municipalidad en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 15° del D.S. 015-98-PCM, solicitar informacion adicional escrita, que pueda considerar indispensable. Articulo Cuarto.- Establecer que el plazo de inscripcion para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, se inicia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza y culmina el 09 de junio de 2014, en la Oficina de Matrimonios Civiles de la Municipalidad Distrital de San Borja. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la organizacion del Matrimonio Civil Comunitario; asimismo, a traves de la Oficina de Matrimonios Civiles proceder a la apertura y tramites de los expedientes matrimoniales; a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion y programacion; a la Gerencia de Planificacion Estrategica y a la Gerencia de Administracion y Finanzas y sus Unidades competentes el presupuesto para la celebracion del mismo; a la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Publicas a traves de sus Unidades (Unidad de Areas Verdes y Unidad de Limpieza Publica) el mantenimiento del Parque; y, a la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana a traves de la Unidad de Seguridad Ciudadana la vigilancia del evento. Articulo Sexto.- Facultar al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1087522-1

ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para el Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que consta de cinco (5) Titulos, treinta y uno (31) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias y dos (02) Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Reglamento, asi como velar por el cumplimiento de los fines del mismo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificacion Estrategica, y la Gerencia de Participacion Vecinal. Articulo Tercero.- DEROGAR, las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Ordenanza y el Reglamento, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de San Borja. (www.munisanborja.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1087523-1

Autorizan celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014
ORDENANZA Nº 527-MSB San MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la X-2014 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de MORDAZA de 2014, el Dictamen Nº 025-2014MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 002-2014-MSB-CER de la Comision de Economia y Rentas y el Dictamen N° 003-2014-MSB-CPV de la Comision de Participacion Vecinal; sobre la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario 2014; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio, asimismo, reconoce a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, quienes pretendan contraer matrimonio civil deberan cumplir con los requisitos establecidos en los articulos 248° y 250° del Codigo Civil, sobre diligencia y publicacion del matrimonio civil; Que, mediante Memorando N° 186-2014-MSB-SG de fecha 21 de MORDAZA de 2014, la Secretaria General considero viable la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014 con motivo del XXXI Aniversario de Creacion del Distrito de San MORDAZA, proponiendo como fecha del evento el dia 28 de junio de 2014, en el MORDAZA de la Felicidad. Asimismo, opino que se les brinde facilidades economicas y/o procedimentales a las parejas interesadas, exonerandolas del pago total de apertura de pliego matrimonial y de ceremonia, teniendo como plazo de inscripcion hasta el dia 09 de junio de 2014 en la Oficina de Matrimonios Civiles; Que, con Informe N° 55-2014-MSB-GPE de fecha 16 de MORDAZA de 2014, la Gerencia de Planificacion Estrategica

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