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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2014 (25/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Domingo 25 de mayo de 2014 523891 de políticas públicas por los estados miembros y la conformación de alianzas regionales y subregionales como herramienta para la construcción de un espacio jurídico más cohesionado; Que, asimismo, el Perú a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es miembro del Instituto Latinoamericano de las Naciones para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), organismo que colabora con los países de la región en el desarrollo económico y social de los países latinoamericanos, mediante la formulación de programas nacionales de desarrollo de políticas e instrumentos de acción relativos a la prevención del delito y la justicia penal; Que, el Perú a través de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es miembro asociado de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas – AIDEF, organismo integrado por instituciones estatales de Defensa Pública y Asociaciones de Defensores Públicos que tienen a su cargo la representación, asesoría y defensa técnica en juicio de personas según las leyes, constituciones y tratados internacionales vigentes en cada país; Que, el artículo 67º, numeral 67.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2014-RE, se modifi ca el Anexo “B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014”, de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a efectos de facultar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el trámite de solicitar la autorización al Ministerio de Relaciones Exteriores para realizar el pago de las contribuciones anuales del 2014; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las contribuciones a la a la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos – COMJIB, al Instituto Latinoamericano de las Naciones para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente – ILANUD y a la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas – AIDEF; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar el pago de las contribuciones del 2014 correspondientes a: - La Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos – COMJIB, por el monto de € 2,829.09 (Dos Mil Ochocientos Veintinueve y 09/100 Euros). - El Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), por el monto de US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). - La Asociación Interamericana de Defensorías Públicas – AIDEF, por el monto de US$ 200.00 (Doscientos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1087621-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Escuela Integral de Conductores Profesionales de Transporte Terrestre Jadami S.A.C. el traslado de oficinas y aulas autorizadas con R.D. Nº 1287-2013-MTC/15 a local ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1883-2014-MTC/15 Lima, 2 de mayo de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 045802 y 060150, presentados por la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 829-2012- MTC/15 de fecha 27 de febrero de 2012, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C., con RUC N° 20536993160 y con domicilio en Calle República de Portugal N° 426, Distrito de Breña, Provincia y Departamento de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la clase A categorías II y III y clase B categoría IIc, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto: curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2207-2012- MTC/15 de fecha 06 de junio de 2012, se autorizó a La Escuela para impartir los cursos de capacitación para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoría I; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1287-2013- MTC/15 de fecha 20 de marzo de 2013, se autorizó a La Escuela, el incremento de 04 aulas de enseñanza teórica, 01 zona de recepción y ofi cinas administrativas, en el local ubicado en Av. Alfonso Ugarte N° 1378, Ofi cina N° 202, 2do. piso, Distrito de Breña, Provincia y Departamento de Lima, con la misma plana docente, fl ota vehicular y en el mismo horario autorizado mediante Resolución Directoral N° 829-2012-MTC/15; Que, con Parte Diario N° 045802 de fecha 13 de marzo de 2014, La Escuela solicita el traslado de ofi cinas administrativas y aulas de enseñanza autorizadas