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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Miércoles 5 de noviembre de 2014 536831 Que, en dicha actividad participarán autoridades gubernamentales de Brasil, Colombia y Perú, así como expertos en temas de infancia, representantes de pueblos indígenas, organizaciones de mujeres y de la sociedad civil e instituciones académicas, representantes de UNICEF de los países amazónicos, entre otros funcionarios internacionales; Que, asimismo, se llevará a cabo una visita campo a las localidades de Puerto Alegría y Santa Rosa de Yavarí, ubicadas en la Cuenca del Amazonas, Perú, a ¿ n de conocer la situación de los servicios de salud y educación que se brindan a la niñez y adolescencia de la zona; Que, resulta relevante la participación del Defensor del Pueblo (e) en el indicado evento ya que la defensa y promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes es una tarea prioritaria en la labor que realiza la Defensoría del Pueblo; Que, conforme al documento de Visto, el viaje del Defensor del Pueblo (e) no irrogará gastos al presupuesto institucional; Que, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional, resulta necesario encargar la atención del Despacho Defensorial a la abogada Claudia Rosanna Del Pozo Goicochea, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 5 al 8 de noviembre de 2014, inclusive, y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo (e); Con los visados de la Primera Adjuntía, Secretaría General y de las o¿ cinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 5º, 8° y numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con lo señalado en el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP, y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial N° 004-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INFORMAR que el presente viaje no irrogará ningún gasto al presupuesto institucional. Artículo Segundo.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Claudia Rosanna DEL POZO GOICOCHEA, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 5 al 8 de noviembre de 2014, inclusive, y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo (e). Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O¿ cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www. defensoria.gob.pe), al día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 1159290-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de regidoras del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2674-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02637 SAN MARTÍN DE PORRES - LIMA - LIMA Lima, doce de setiembre de dos mil catorce VISTOS los O¿ cios Nº 4372-2014-SG/MDSMP y 4649-2014-SG/MDSMP, presentados el 28 de agosto y 12 de setiembre de 2014 por Jorge Raymundo Honores Huarcaya, secretario general de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, el cual comunica las licencias concedidas a los regidores Hernán Tomás Sifuentes Barca, Hugo Daniel Garay Matos y Yessica Yoko Sueyoshi Salcedo. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de e¿ cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 4 de julio de 2014 (fojas 18, 20 y 22), los regidores Hernán Tomás Sifuentes Barca, Hugo Daniel Garay Matos y Yessica Yoko Sueyoshi Salcedo, con motivo de su participación en las elecciones municipales de 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, las cuales fueron concedidas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 020- 2014-MDSMP (fojas 04), Nº 022-2014-MDSMP (fojas 06) y Nº 021-2014-MDSMP (fojas 05), todos de fecha 16 de julio de 2014, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 8 de octubre de 2014, respectivamente. 4. En el presente caso se aprecia que los regidores Hernán Tomás Sifuentes Barca, Hugo Daniel Garay Matos y Yessica Yoko Sueyoshi Salcedo presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Sheylla Omayra Dávila Sueyoshi, identi¿ cada con Documento Nacional de Identidad Nº 44886532, a Ynés Merino de Llanca, identi¿ cada con Documento Nacional de Identidad Nº 10617177 y a Kelly Fiorella Sarmiento Leuyacc, identi¿ cada con Documento Nacional de Identidad Nº 43765443, candidatas no proclamadas del partido político Partido Popular Cristiano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del magistrado Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Hernán Tomás Sifuentes Barca, Hugo Daniel Garay Matos y Yessica Yoko Sueyoshi Salcedo, regidores del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, mientras estén vigentes las licencias concedidas. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Sheylla Omayra Dávila Sueyoshi, identi¿ cada con Documento Nacional de Identidad Nº 44886532, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, mientras esté vigente la licencia concedida a Hernán Tomás Sifuentes Barca, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Ynés Merino de Llanca, identi¿ cada con Documento Nacional de Identidad Nº 10617177, con el objeto de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, mientras esté vigente la licencia concedida a Hugo Daniel Garay Matos, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.