Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2014 (05/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA VISTO: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que ademas senala que la autonomia que otorga la Constitucion Politica del Peru a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme a lo establecido en el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, siendo competentes entre otros las de plani car el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni cacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 74º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" dispone que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de scalizacion y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del articulo 6º de la Ordenanza Nº 950-MML "Reajuste integral de la Zoni cacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA y un sector del distrito de MORDAZA MORDAZA, que son parte del Area de Tratamiento Normativo

El Peruano Miercoles 5 de noviembre de 2014

III de MORDAZA Metropolitana" dispuso que la Municipalidad de San MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas por la citada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edi catorios Complementarios, de Estacionamientos, Retiros, Tamanos Minimos de Departamentos, Densidades Netas de ser necesario y otros, para su aplicacion en su jurisdiccion; asimismo, precisa en el literal B.9 del Anexo 04 de la citada MORDAZA, que en las zonas residenciales podra incrementarse la altura de edi cacion normada de los predios, en razon de su Colindancia: Que, la Ordenanza Nº 950-MML no contempla la edi cacion de Conjuntos Residenciales en predios cali cados con zoni cacion Residencial Densidad Baja (RDB), asimismo, no comprende la edi cacion de pisos adicionales respecto a lo establecido en el Plano de Alturas vigente, en predios ubicados frente a MORDAZA y cali cados con zoni cacion Residencial Densidad Media (RDM); Que, a traves del Decreto de Alcaldia Nº 002-ALC/MSI, publicado en el Diario O cial El Peruano el dia 21.01.2012, se aprobo los Parametros Urbanisticos y Edi catorios del distrito de San MORDAZA, para una correcta aplicacion de la Ordenanza Nº 950-MML y sus modi catorias, aprobada por Ordenanza Nº 1067-MML; Que, el literal a) del numeral 5.6 del articulo 5º de los Parametros aprobados por el Decreto de Alcaldia Nº 002ALC/MSI, establece la aplicacion de la Colindancia de Alturas en predios cali cados con zoni cacion Residencial Densidad Baja (RDB), Residencial Densidad Media (RDM), Residencial Densidad Alta (RDA), Residencial Densidad Muy Alta (RDMA), Comercio Vecinal (CV), Comercio Zonal (CZ) y Comercio Metropolitano (CM), asi como, la distancia de las mismas para la aplicacion de la colindancia;

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario O cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su rma ante el Diario O cial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi car; si incluyen gra cos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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