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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 89

El Peruano Miércoles 5 de noviembre de 2014 536851 GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe Nº 1440-2014-SGP/GAF de la Subgerencia de Personal, Memorando Nº 392-2014-GM/MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Art. 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, mediante Documento Simple Nº 13320-2014 de fecha 07 de Agosto de 2014, el Sr. Francisco Inclán Vásquez Rodríguez, Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Independencia, interpone recurso de reconsideración en contra de la Resolución de Alcaldía Nº 521-2014-MDI de fecha 16 de Julio del 2014, aduciendo que, sea ésta, modi¿ cada en parte, al no estar de acuerdo con la eliminación remunerativa que concierne al nivel de Funcionario del Ejecutor Coactivo; y que en ejercicio del cargo de Ejecutor Coactivo con responsabilidad directiva, se reconozca el nivel remunerativo de funcionario, y detentar la designación del mismo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 521-2014- MDI de fecha 16 de Julio del 2014, se establece que la condición del Sr. Francisco Inclán Vásquez Rodríguez es de Funcionario Nombrado, en estricta observancia de lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 27204, en el cargo de Ejecutor Coactivo y nombrado bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 276, respetando su remuneración con el que ha sido nombrado, de acuerdo a lo establecido en los considerandos de la referida resolución. Que, mediante Informe Nº 1440-2014-SGP/GAF de fecha 11 de Setiembre del 2014, la Subgerencia de Personal, señala que se rati¿ ca en el contenido del informe Nº 797-2014-SGP/GAF de fecha 21.05.2014, en el cual, el Ejecutor Coactivo al ser integrado al Grupo Ocupacional Funcionario, se encontraría en el nivel de carrera SFI. Que, mediante O¿ cio Nº 344-2014-GM/MDI de fecha 05 de Setiembre del 2014, la Gerencia Municipal realiza la consulta al Ministerio de Economía y Finanzas, respecto al incremento de remuneraciones del Ejecutor Coactivo. Obteniendo como respuesta el O¿ cio Nº 078-2014- EF/50.04 de fecha 30 de Setiembre del 2014, manifestando que, en el marco de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante D.S. Nº 304-2012- EF, solo absuelve consultas relacionadas al proceso presupuestario, señalando que no son competentes para pronunciarse respecto a aspectos de orden laboral, así como para cali¿ car la procedencia de vinculados a acciones de personal como es el nombramiento y la modi¿ cación de los documentos de gestión, sin perjuicio a lo antes señalado, hace mención al literal b) de la Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y se tome en cuenta el artículo 6º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, mediante Informe Nº 514-2014-GAL/MDI de fecha 02 de Setiembre del 2014, la Gerencia de Asesoría Legal, opina que, si bien es cierto la Resolución de Alcaldía Nº 521-2014-MDI, ha reconocido la condición del señor Francisco Inclán Vásquez Rodríguez Como Ejecutor Coactivo; quizá no se haya utilizado el término DESIGNADO, pero debe tenerse por implícito ello, ya que dicha Resolución tiene como fundamento jurídico la Ley especial que lo regula (Artículo 7 de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva ), en tal sentido opina que, salvándose esa omisión involuntaria consígnese la palabra DESIGNADO, asimismo mediante Informe Nº 609-2014-GAL/MDI de fecha 09 de Octubre del 2014, señala que de lo manifestado por el Ministerio de Economía y Finanzas, en el que hace referencia al literal b) del texto único Ordenado de la Ley 28411 en el que se indica la prohibición de recategorización y/o modi¿ cación de plazas, que se orienten al incremento de remuneraciones, por efecto de la modi¿ cación del PAP y CAP, más no se pronuncia lo concerniente a lo señalado en la propia norma, que en su inciso d) expresa: el pago de remuneraciones solo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposición legal expresa en contrario, el pago de remuneraciones por días no laborados, como que está prohibido autorizar o efectuar adelantos con cargo a remuneraciones, boni¿ caciones, pensiones o por compensación de tiempo de servicios, en cuanto a su remuneración opina que, siendo esta netamente laboral, teniendo una connotación de carácter contraprestativo, en ese sentido y estando a lo señalado por la propia Dirección Nacional de Presupuesto que ha declarado expresamente “no ser competente para pronunciarse respecto a aspectos de orden laboral”, en virtud a ello corresponde a la Corporación Municipal pronunciarse al respecto, en tal sentido puede aplicarse el inciso d) Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley 28411; Que, mediante Informe Nº 023-2014-GM/MDI de fecha 10 de Octubre del 2014 la Gerencia Municipal, tomando como antecedentes el Informe Nº 017-2014-GM/MDI, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 200-2014-GAF/MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 150-2014-GPPR/MDI de la Gerencia de Plani¿ cación, Presupuesto y Racionalización, O¿ cio Nº 078-2014- EF/50.04 del Ministerio Economía y Finanzas e Informe Nº 609-2014-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, opina se formule la Resolución de Alcaldía, aprobando se designe al Ejecutor Coactivo Abog. Francisco Inclán Vásquez Rodríguez como funcionario de Responsabilidad Directa SFI, y autorizar a la Gerencia de Plani¿ cación Presupuesto y Racionalización efectuar la Modi¿ catoria Presupuestal a Nivel Funcional Programática en el Presupuesto Institucional 2014 por el monto de S/. 5,805.43 Nuevos Soles, correspondiente a los meses Julio a Diciembre del 2014; Estando a las consideraciones precedentes, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLAR FUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Francisco Inclán Vásquez Rodríguez, Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Sr. Francisco Inclán Vásquez Rodríguez como FUNCIONARIO NOMBRADO, en estricta observancia de lo establecido en el Articulo 1º de la Ley Nº 27204, en el cargo de Ejecutor Coactivo de Responsabilidad Directa en el nivel de carrera SFI y bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Plani¿ cación y Presupuesto y Racionalización, Subgerencia de Personal, y demás Órganos competentes, el ¿ el cumplimiento de la presente Resolución y a la Secretaria General su noti¿ cación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1159574-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 076-2014/MM MiraÀ ores, 13 de octubre de 2014 EL ALCALDE DE MIRAFLORES