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El Peruano Viernes 14 de noviembre de 2014 537609 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación”; y, las facultades delegadas en la Resolución Ministerial Nº 014-2014-MINEDU y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas y procedimientos para la contratación de profesores de educación física para el fortalecimiento de la educación física y el deporte escolar en las instituciones educativas públicas de los niveles de educación primaria y secundaria de educación básica regular”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Norma Técnica denominada “Normas y Procedimientos para la Contratación de Promotores de Educación Física para el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular, aprobada por Resolución Ministerial Nº 041-2014-MINEDU. Artículo 3º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y a las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión e implementación de la Norma Técnica aprobada por el artículo 1. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, encargándose a la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1164427-3 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 227-2014-IN Lima, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Estado en el despacho del Interior, General del Ejército Peruano en situación de retiro, Daniel Belizario Urresti Elera, viajará a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 14 al 15 de noviembre de 2014, en el contexto del traslado del ciudadano peruano Rodolfo Orellana Rengifo de la ciudad de Bogotá, República de Colombia a la ciudad de Lima, República del Perú, a efecto que se realicen las acciones al más alto nivel que resulten necesarias; Que, según lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, son funciones de la Policía Nacional del Perú, entre otras, garantizar el cumplimiento de las leyes, cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial y, obtener, custodiar, asegurar, trasladar y procesar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con la prevención e investigación del delito, poniéndolos oportunamente a disposición de la autoridad competente; Que, en tal sentido, se considera conveniente para los intereses nacionales que el señor Ministro del Interior sea acompañado por personal de la Policía Nacional del Perú, a fi n de que éstos realicen las acciones y coordinaciones que resulten necesarias con sus homólogos de la República de Colombia, en el marco del traslado del ciudadano peruano antes referido; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, de conformidad con el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, por el que se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del 14 al 15 de noviembre de 2014, a la ciudad de Bogotá Distrito Capital, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, del personal policial siguiente: - Comandante PNP Domingo Rubén Traslaviña Bravo. - Comandante Harvey Julio Colchado Huamaní. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA) que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 2 X 2 = 1,480.00 1,480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARISOL ESPINOZA CRUZ Primera Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1164461-4