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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 14 de noviembre de 2014 537625 Urbano y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; Que, en consecuencia es necesario aprobar una Resolución Ministerial que autorice una transferencia de partidas, hasta por la suma de S/. 210 000 000,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 004: MIDIS - Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, destinada al fi nanciamiento de la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales; Que, así mismo resulta necesario aprobar la desagregación de los recursos aprobados por la transferencia de partidas, hasta por la suma de S/. 210 000 000,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 Decreto de Urgencia Nº 004-2014 y su Fe de Erratas que exonera al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para las respuestas ante situaciones de desastre, en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 210 000 000,00), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para fi nanciar la ejecución, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 112 690 018,00 2.3 Bienes y Servicios 25 168 140,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 72 141 842,00 ============= TOTAL EGRESOS 210 000 000,00 ============= A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 210 000 000,0 ============= TOTAL EGRESOS 210 000 000,00 ============= 1.2. El detalle del monto asociado a la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 se detalla en los Anexos Nº 1 y Nº 1-A “Transferencia de Partidas para fi nanciar la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales” que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de aprobación de la presente Resolución Ministerial. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos autorizados por la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/. 210 000 000,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales, conforme al detalle del Anexo Nº 02 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Notas para Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6.- Publicación Los Anexos se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento “www.vivienda.gob.pe” y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social “www.midis.gob.pe”, en la misma fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 7.- Remisión Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1164460-1