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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Jueves 20 de noviembre de 2014 538033 Nota: Una vez aprobada la Documentación Técnica, se presentará un juego de planos en original para el resellado correspondiente. 8. Memoria Descriptiva fi rmados y sellados por el profesional responsable. 9. Presupuesto de Obra en base de los Valores Unitarios vigentes, suscrito por el profesional responsable. 10. Carta de Seguridad de Obra sellado y fi rmado por Ing. Civil Colegiado. 11. Pago por derecho de trámite por el procedimiento de Regularización de Licencia de Edifi cación, según escala correspondiente. 12. Pago por multa, según escala correspondiente. 13. Para los casos de remodelaciones, ampliaciones y/o modifi cación en la edifi cación a regularizar, el interesado presentará la copia literal de la inscripción de la declaratoria de edifi cación y/o fábrica junto con los planos, o la Licencia y/o Conformidad y/o Finalización de Obra con los planos correspondientes. 14. Autorización de la junta de propietarios para proyectos en inmuebles sujetos al Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. 15. En los casos de viviendas multifamiliares de 5 pisos a más, de edifi caciones con afl uencias masivas de público (Centros Comerciales, Galerías, Restaurantes, Hospedajes, entre otros), se requiere la presentación de la Carta de Responsabilidad Civil con fi rmas legalizadas del propietario y del profesional responsable de la obra, a fi n de que la Municipalidad deslinde cualquier tipo de responsabilidad sobre las posibles defi ciencias de la construcción que constituyan riesgo inminente. 16. En los casos de viviendas que se ubiquen en zonas de alto riesgo según el Estudio de Microzonifi cación Sísmica y Vulnerabilidad en el Distrito de Comas de julio del 2011 (zona de los taludes de pendiente moderada a fuerte y la zona taludes de fuerte pendiente ubicadas en sector Este del distrito denominadas Zona III B y Zona IV A respectivamente, consideradas como zonas de peligro potencialmente moderado a moderado alto),se requiere la presentación de la Carta de Responsabilidad Civil con fi rmas legalizadas del propietario y del profesional responsable de la obra, a fi n de que la Municipalidad deslinde cualquier tipo de responsabilidad sobre las posibles defi ciencias de la construcción que constituyan riesgo inminente. Artículo Tercero.- MONTO A PAGAR POR DERECHO DE TRÁMITE El monto por Derecho de Trámite del procedimiento de Regularización de Licencia de Edifi cación comprendido dentro de los alcances de la presente Ordenanza, tiene la siguiente escala de acuerdo al área techada: • de 01 a 100 m². ……………………. 02 % UIT • de 101 a 200 m². ……………………. 04 % UIT • de 201 a 500 m². ……………………. 06 % UIT • de 501 a 1000 m². .............................. 08 % UIT • más de 1000 m². .............................. 10 % UIT Artículo Cuarto.- DEL PROCEDIMIENTO. El procedimiento a seguir para la obtención de la Licencia de Edifi cación vía Regularización es el siguiente: 1. El expediente de Regularización de Licencia de Edificación establecida en la presente Ordenanza, ingresará por la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo y será remitida a la Sub Gerencia de Urbanismo y Catastro. 2. En la Sub Gerencia de Urbanismo y Catastro se procederá a: - La Verifi cación Administrativa, que corresponde a la revisión de la documentación presentada por el interesado. - La Verifi cación Técnica, que corresponde a la inspección para la verifi cación de la edifi cación y la contrastación de lo expresado en los planos con la edifi cación existente. De existir observaciones subsanables, se notifi cara al propietario para que efectúe las respectivas subsanaciones en un plazo de ocho (08) días hábiles, vencido el cual se tendrá por abandonado el procedimiento, archivándose el mismo en forma defi nitiva sin devolución de los derechos y pagos realizados. En caso de solicitar el desarchivamiento del expediente, se deberá cancelar el derecho respectivo por el monto del 2% de IUT vigente (S/. 74.00) 3. Si el resultado de la verifi cación es CONFORME, se emitirá la liquidación de la multa correspondiente y luego del pago correspondiente se procederá a la entrega de la Resolución de Licencia de Edifi cación por parte del Subgerente de Urbanismo y Catastro. 4. El plazo del trámite para la Regularización de la Licencia de Edifi cación ante la Municipalidad es de treinta (30) días hábiles, transcurrido dicho plazo, será de aplicación el silencio Administrativo Positivo siempre y cuando no existan observaciones pendientes a subsanar. Artículo Quinto.- VERIFICACIÓN DE LA EDIFICACIÓN Durante la inspección técnica a la edifi cación a regularizar, se verifi cará el cumplimiento de los parámetros correspondientes a la zonifi cación donde se ubica el predio, teniendo en cuenta las siguientes tolerancias, con respecto al Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios: • Altura de Edifi cación: Un piso adicional a lo señalado en los parámetros más azotea. • Área Libre: Hasta un mínimo de 10% del área del lote, siempre y cuando los ambientes tengan resuelto la iluminación y ventilación. • Coefi ciente de Edifi cación: Podrá exceder 35% al señalado en los parámetros. • Retiro Municipal y Alineamiento de fachada: Podrá ser subsanado con Certifi cado de Retiro (si existe consolidación en más del 50%), permitiéndose el alero exterior de 80 cm. sobre la vía pública como máximo. No se permitirán construcciones con aleros a distancias menores a 2.50 mts. de la línea de media tensión, de ser este el caso, se considerará como carga técnica. • Estacionamiento: El défi cit de plazas de estacionamiento podrá ser subsanada de acuerdo a la zonifi cación: - Zonificación RDM (Residencial de Densidad Media), pago de S/. 50.00 nuevos soles por cada plaza o unidad faltante. - Zonifi cación CV (Comercio Vecinal), pago de S/. 100.00 nuevos soles por cada plaza o unidad faltante. - Zonifi cación CZ (Comercio Zonal) y VT (Vivienda Taller), pago de S/. 500.00 nuevos soles por cada plaza o unidad faltante. - Zonifi cación CM (Comercio Metropolitano), pago de S/. 750.00 nuevos soles por cada plaza o unidad faltante. - Zonifi cación I1 (Industria Elemental) y I2 (Industrial Liviana), pago de S/. 750.00 nuevos soles por cada plaza o unidad faltante. Las tolerancias a los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios serán sustentadas por el profesional responsable en la Memoria Descriptiva, cabe indicar que en lo referente a la altura de edifi cación se considera como azotea al nivel accesible encima del techo del último nivel techado donde solo se permitirá la ubicación de la caja de escalera y/o la proyección del tanque elevado. Asimismo, en el caso de que las edifi caciones se ubiquen en las zonas consideradas de alto riesgo según el Estudio de Microzonifi cación Sísmica y Vulnerabilidad en el Distrito de Comas (Zona III B y Zona IV A) se verifi cará el estado de la construcción y el buen funcionamiento de sus instalaciones. Cualquier excedente a las tolerancias antes indicadas constituye Carga Técnica; asimismo, por ningún motivo se admitirán obras fuera de los límites de propiedad. Artículo Sexto.- MULTA POR CONSTRUIR SIN LICENCIA DE EDIFICACIÓN De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, en su Capítulo VI acerca