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El Peruano Jueves 20 de noviembre de 2014 538028 Titular, en el Despacho de la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo. Artículo Cuarto: Hacer de conocimiento la presente resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Fiscales Superiores Coordinadores de los Sub Sistemas Especializados, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AMÉRICO RAMOS HEREDIA Fiscal de la Nación 1167045-24 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban el “Plan Integral de Prevención y Control de la Equinococosis Quística (hidatidosis) con enfoque de abordaje de los determinantes sociales de salud en el marco de la gestión territorial en áreas endémicas de la Región Junín 2014-2021” ORDENANZA REGIONAL Nº 186-2014-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 09 días del mes de setiembre de 2014, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú establece que, todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; en su artículo 9º dispone que, el Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; y, en sus artículos 191º y 192º en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud establece que, la salud pública es responsabilidad primaria del Estado; Que, el literal a) del artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1059 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, señala que la ley tiene por objeto, la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales, que representan el riesgo para la vida, la salud de las personas y los animales y la preservación de los vegetales; Que, mediante Resolución Suprema Nº 271-2013-PCM se Declara de interés nacional la vigilancia, prevención y control de la Equinococosis Quística / Hidatidosis, con el objeto de: a) Disminuir la incidencia y prevalencia de dicha enfermedad parasitaria, en la salud pública animal, con la fi nalidad de contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población peruana, b) Establecer mecanismos de vigilancia y control de la enfermedad parasitaria, y c) Implementar la difusión de las medidas para la prevención de dicha enfermedad parasitaria, a través de su difusión en las Instituciones Educativas; Que, el literal a) del artículo 49º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función del Gobierno Regional en materia de salud, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; Que, la Equinococosis Quística / Hidatidosis es una enfermedad parasitaria, que constituye un problema endémico, la cual afecta la salud pública y animal, con incidencia en nuestra región, principalmente en las provincias de Junín, Jauja, Tarma y Concepción en las que viene ocasionando disminución en la producción ganadera, con el consecuente impacto social y económico en la población; Que, el “El Plan Integral de Prevención y control de la Equinococosis Quística (hidatidosis), con enfoque de abordaje de los determinantes sociales de salud, en el marco de la gestión territorial en áreas endémicas de la región Junín 2014 – 2021”, tiene como fi nalidad, contribuir a la salud y mejora de las condiciones de vida de las personas, las familias y las comunidades relacionadas con la ocurrencia de equinococosis quística, en las regiones endémicas priorizadas de la Región Junín; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 234-2014-GRJ/ CR se encarga a la Comisión Permanente de Salud el estudio, evaluación y formulación del Dictamen y proyecto de Ordenanza Regional que “Declare de prioridad regional la prevención y control de la hidatidosis en la región Junín”; y con Ofi cio Nº 007-2014-GRJ-DRSJ- DESP-ESRZ el Director Regional de Salud, solicita la aprobación de la Ordenanza Regional, que aprueba “El Plan Integral de Prevención y control de la Equinococosis Quística (hidatidosis) con enfoque de abordaje de los determinantes sociales de salud, en el marco de la gestión territorial en áreas endémicas de la región Junín 2014 – 2021”, adjuntando el sustento técnico del coordinador del Programa Presupuestal de Metaxénicas y Zoonosis; Que, contando con el Dictamen Nº 001-2014-GRJ- CR/CPS favorable, de la Comisión Permanente de Salud y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA “EL PLAN INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA EQUINOCOCOSIS QUÍSTICA (HIDATIDOSIS) CON ENFOQUE DE ABORDAJE DE LOS DETERMINANTES SOCIALES DE SALUD EN EL MARCO DE LA GESTIÓN TERRITORIAL EN ÁREAS ENDÉMICAS DE LA REGIÓN JUNÍN 2014 – 2021” Artículo Primero.- APRUÉBESE “El Plan Integral de Prevención y control de la Equinococosis Quística (hidatidosis), con enfoque de abordaje de los determinantes sociales de salud, en el marco de la gestión territorial en áreas endémicas de la región Junín 2014 – 2021” que se adjunta y forma parte de la presente Norma Regional, en treinta y nueve (39) folios; con el objetivo: a) Disminuir su incidencia y prevalencia en la salud pública animal y contribuir a mejorar la calidad de vida de la población, b) Establecer mecanismos de vigilancia y control, y c) Implementar la difusión de las medidas para la prevención, principalmente en las Instituciones Educativas. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE la implementación de la presente Norma Regional, al Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social en