Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Articulo 2º.- Expidase el Despacho correspondiente a su Grado. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

Articulo 2º.- Expidase el Despacho correspondiente a su Grado. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1149011-54 RESOLUCION SUPREMA Nº 594-2014-DE/FAP
MORDAZA, 10 de octubre de 2014

1149011-55 RESOLUCION SUPREMA Nº 595-2014-DE/FAP
MORDAZA, 10 de octubre de 2014

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de MORDAZA de 2008 mediante el cual se aprueba el "Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", y su Anexo 5, se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, asi como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su articulo 37° inciso a), que los ascensos son otorgados por el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 35º y 36º inciso a) del citado Reglamento y en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos articulos de la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establece que para la aplicacion progresiva del articulo 7º de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, sera de acuerdo a los Planes Estrategicos Institucionales en el Area de Personal, aplicando cada Institucion Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado segun el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 009-2013-DE del 11 de octubre de 2013, correspondiendo a la Fuerza Aerea el Anexo Nº 3; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE "Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y etica, senalados en el articulo 3º de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen caracter vinculante, y en MORDAZA a lo establecido en los articulos 50º inciso a) y 51º incisos a) y b) del citado Reglamento, se establece que la funcion de evaluacion y calificacion del Oficial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyeccion de linea de MORDAZA del Oficial en su Institucion Armada y a su ubicacion en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Seleccion para ascenso al grado de MAYOR GENERAL FAP, ha establecido el "Cuadro de Merito" y elaborado el Acta JUSEL Nº 007-2014 de fecha 09 de octubre de 2014, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 34º, 36º inciso a), 50º incisos b) y c) y 51º del Reglamento de la Ley Nº 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, en concordancia con la Resolucion Ministerial Nº 817-2014-DE/FAP del 05 de octubre de 2014, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Oficiales de la Fuerza Aerea del Peru; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ascender al grado de MAYOR GENERAL FAP, con fecha 01 de enero de 2015, al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de MORDAZA de 2008 mediante el cual se aprueba el "Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", y su Anexo 5, se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, asi como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su articulo 37° inciso a), que los ascensos son otorgados por el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 35º y 36º inciso a) del citado Reglamento y en concordancia con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos articulos de la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establece que para la aplicacion progresiva del articulo 7º de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, sera de acuerdo a los Planes Estrategicos Institucionales en el Area de Personal, aplicando cada Institucion Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado segun el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0092013-DE del 11 de octubre de 2013, correspondiendo a la Fuerza Aerea el Anexo Nº 3; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2008 -DE "Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y etica, senalados en el articulo 3º de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen caracter vinculante, y en MORDAZA a lo establecido en los articulos 50º inciso a) y 51º incisos a) y b) del citado Reglamento, se establece que la funcion de evaluacion y calificacion del Oficial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyeccion de linea de MORDAZA del Oficial en su Institucion Armada y a su ubicacion en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Seleccion para ascenso al grado de MAYOR GENERAL FAP, ha establecido el "Cuadro de Merito" y elaborado el Acta JUSEL Nº 009-2014 de fecha 09 de octubre de 2014, en MORDAZA a lo establecido en los articulos 34º, 36º inciso a), 50º incisos b) y c) y 51º del Reglamento de la Ley Nº 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, en concordancia con la Resolucion Ministerial Nº 817-2014-DE/FAP del 05 de octubre de 2014, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Oficiales de la Fuerza Aerea del Peru; y Estando a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ascender al grado de MAYOR GENERAL FAP, con fecha 01 de enero de 2015, al MORDAZA FAP MORDAZA RENWICK, MORDAZA MORDAZA

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