Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del MORDAZA en mision de estudios del 19 al 25 de octubre 2014, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Beijing ­ Republica Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el articulo precedente, se efectuaran a cargo de la Unidad Ejecutora Nº 002- Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional Del Peru de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Pasajes US$ 3,096.00 x Pers. 1 = Total US$ 3,096.00

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

VISTO: El Informe N° 000038-2014/IN/OSDN de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional a cargo de la Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio del Interior CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y la preparacion y atencion ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 13.4 del articulo 13° del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece que los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia, los cuales estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 2762012-PCM, se aprueba la Directiva N° 001-2012PCM/ISNAGERD "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres e los Tres Niveles de Gobierno", con el objetivo de orientar la constitucion y funcionamiento de los Grupos de Trabajo en las entidades publicas, en todos los niveles de gobierno, conforme los determina la Ley N° 29664 y su Reglamento; Que, en el literal b) del numeral 2 del Capitulo VII Disposiciones Generales, de la Directiva N° 001-2012PCM/SINAGERD; establece como una de las funciones de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgos de Desastres aprobar y difundir el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo; Que, asimismo, en el literal g) del numeral 2 del Capitulo VIII Disposiciones Especificas, de la Directiva MORDAZA mencionada; establece como una de las funciones de la Secretaria Tecnica proponer el Reglamento de Funcionamiento Interno de los Grupos de Trabajo; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 077-2013-INODN, se constituye el Grupo de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio del Interior, y conforme el articulo 2° de la mencionada MORDAZA, cuenta con una Secretaria Tecnica a cargo de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, la cual establecera los mecanismos necesarios para la instalacion, implementacion y puesta en funcionamiento del mencionado Grupo de Trabajo; Que, el literal d) del articulo 124° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2013-IN, senala que la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional tiene como una de sus funciones formular y proponer normas, directivas, metodologias, e instrumentos de gestion para la implementacion de los procesos tecnicos y acciones de Defensa Nacional, Movilizacion Nacional y Gestion del Riesgo de Desastres; Que, mediante Oficio N° 002064-2013/IN/OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior opina que el Proyecto del Reglamento Interno del Grupo de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres ha sido elaborado conforme los lineamientos establecidos en la Directiva N° 001-2012-PCM/DINAGERD; Que, a traves del Informe N° 000044-2014/IN/ DGPP/DPP la Direccion General de Planificacion y Presupuesto concluye que el Proyecto de Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio del Interior fue elaborado de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en consecuencia resulta pertinente aprobar el Reglamento de Funcionamiento del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio del Interior, como documento normativo con procedimientos tecnicos y administrativos, que permita impulsar la implementacion de los procesos

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1152233-1

Aprueban Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio del Interior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1055-2014-IN/OSDN MORDAZA, 17 de octubre de 2014

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