Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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VISTO, el escrito de registro Nº 2011-048104, presentado por la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad y departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 347-93TCC/15.17 del 09.08.1993, se otorgo autorizacion a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en el distrito y provincia de MORDAZA, Region MORDAZA, con vigencia hasta el 27.11.2001; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, del 28.06.2006, se renovo por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28853, entre otras, la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial N° 347-93-TCC/15.17, a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco; con vencimiento de su plazo de vigencia al 27.11.2011; Que, con escrito de registro N° 2011-048104 del 10.10.2011, la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., solicito renovacion de la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Informes N° 300-2012-MTC/29.02 del 07.02.2012 y N° 068-2014-MTC/29.02.Ecer.cusco del 03.03.2014, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de las inspecciones tecnicas efectuadas el 24.01.2012 y 27.02.2014, respectivamente, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., concluyendo que opera correctamente la estacion, cumpliendo con las condiciones esenciales, con las caracteristicas tecnicas autorizadas, con las normas tecnicas del servicio autorizado y con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; por lo que el resultado de las inspecciones tecnicas son favorables; Que, mediante Informe N° 1928-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que resulta viable renovar la autorizacion renovada a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y que no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 108-2004MTC/03, y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA, donde se ubica la estacion materia de renovacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., mediante Resolucion Ministerial N° 347-93-TCC/15.17, y renovada con Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 27.11.2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4°.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1151018-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 611-2014-MTC/03 MORDAZA, 3 de octubre del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2013-025031 del 26 de MORDAZA de 2013, presentado por la empresa CADENA DIAL E.I.R.L., sobre renovacion de la autorizacion que fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA ­ Huaura ­ Hualmay, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 212-93-TCC/15.17 del 06 de MORDAZA de 1993, se autorizo a la empresa RADIO SAN MORDAZA FM STEREO E.I.R.L. por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, con Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03 de fecha 28 de agosto de 2006, se renovo por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley No. 28853, las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion, en las diversas bandas y localidades, entre ellas, la autorizacion que fue otorgada a la empresa RADIO SAN MORDAZA FM STEREO E.I.R.L. con Resolucion Ministerial Nº 212-93-TCC/15.17, senalando que el plazo de renovacion vence el 06 de MORDAZA de 2013; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 6172010-MTC/03 de fecha 18 de agosto de 2010, se declaro aprobada al 12 de noviembre de 2004, por aplicacion del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO SAN MORDAZA

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