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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (18/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Sábado 18 de octubre de 2014 535099 LMCE, previsto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1084 y el artículo 16 de su Reglamento y recogido en el Procedimiento N° 131 el TUPA del Ministerio de la Producción se asegura con menores costos la misma fi nalidad de promover la reducción de la fl ota mejorando las condiciones para su modernización y efi ciencia en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS, señala en su artículo 14, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cio El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fi n de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía, resulta conveniente disponer la publicación del referido proyecto de Decreto Supremo, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que elimina el procedimiento excepcional para la asociación o incorporación defi nitiva de PMCE del recurso Anchoveta aprobado mediante Decreto Supremo N° 006- 2010-PRODUCE”, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de diez (10) días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones y sugerencias sobre el “Proyecto de Decreto Supremo que elimina el procedimiento excepcional para la asociación o incorporación defi nitiva de PMCE del recurso Anchoveta aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE” deben ser enviadas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, sito en la Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac, San Isidro o a la dirección electrónica: dgchi@produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1152096-1 Formalizan designaciones de representantes titulares y suplentes del gremio de las MYPE ante Núcleos Ejecutores de Compra de Calzado, de Compra de Kits de Educación Inicial y de Compra de Bicicletas, conforme al D.U. Nº 058-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2014-PRODUCE Lima. 17 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 1128-2014-PRODUCE/DVMYPE- I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 088-2014-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Informe N° 001-2014-PRODUCE/CE del Presidente del Comité Electoral designado mediante Resolución Ministerial Nº 291-2014-PRODUCE; y, el Informe N° 093- 2014-PRODUCE/OGAJ-cmorenov de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29271 establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndole las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa – MYPE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 058- 2011, se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera, con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional en determinadas materias, entre ellas, medidas en materia de producción y productividad a favor de las micro y pequeñas empresas; autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de núcleos ejecutores la adquisición de determinados bienes a las MYPE; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para Facilitar la Inversión, Impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, amplía la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011 hasta el 31 de diciembre de 2016, a fi n de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores; Que, el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058- 2011, establece que para las adquisiciones de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor de Compra, el cual estará conformado, entre otros, por un (01) representante del gremio de la MYPE, vinculado con el bien a adquirir, cuya designación será formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, por Resolución Ministerial N° 147-2013- PRODUCE, el Ministerio de la Producción convocó a la elección de los representantes de los gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores de Compra, siendo que mediante el Informe N° 02-2013-PRODUCE/CE, se informó los resultados del proceso eleccionario; Que, por Decreto Supremo N° 281-2013-EF, se autorizó la transferencia de partida en el presupuesto del sector público para el año 2013 por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 817 050,00), para ser destinada al fi nanciamiento de la adquisición de calzado de la Policía Nacional del Perú, a través del respectivo Núcleo Ejecutor de Compra en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, mediante Resolución Ministerial N° 354- 2013-PRODUCE, se formalizó la designación del señor HUMBER ALAIN ORDOÑEZ ZAVALETA, como representante del gremio de las MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Calzado para el Ministerio del Interior. Cabe indicar que mediante Oficio N° 121-2014-NEC CALZADO PARA EL MININTER/ PRESIDENCIA de fecha 27 de agosto de 2014, la Presidenta del Núcleo Ejecutor de Compra de Calzado para el Ministerio del Interior, presentó a FONCODES la rendición de cuentas y liquidación del Convenio N° 05-2013-FONCODES, incluyendo el respectivo Informe Final de Ejecución, coligiéndose que el Núcleo Ejecutor de Compra de Calzado para el Ministerio del Interior se encuentra en proceso de liquidación; Que, por Decreto de Urgencia N° 002-2014, se autorizó al Ministerio de Educación a adquirir bicicletas en el marco de la iniciativa Rutas Solidarias y kits de educación Inicial para la atención de niños de 0 a 2 años, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 500 000,00), conforme al Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011;