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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (25/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Sábado 25 de octubre de 2014 535842 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA D.A. N° 16-2014/MDLCH.- Modifi can el TUPA de la Municipalidad, respecto a procedimientos a cargo de la Gerencia de Rentas 535922 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO D.A. N° 015.- Disponen celebración del Quinto Matrimonio Civil Comunitario 2014 535923 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Ordenanza N° 019-2014-AL/CPB.- Aprueban reducción del pago por derecho de trámite de Licencia de Edifi cación en la Modalidad “A” 535924 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SANCHEZ CARRION Ordenanza N° 254-MPSC.- Modifi can la Ordenanza N° 084-MPSC, que creó las Juntas Vecinales Nºs. 06 y 07 y aprobó el Reglamento que Regula Constitución, Delimitación, Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Municipales del distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión 535925 Ordenanza N° 255-MPSC.- Otorgan benefi cios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio 535925 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto con respecto a la vigésima sesión de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la décima sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de Reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto y las sesiones de los órganos subsidiarios 535926 PROYECTOS VIVIENDA R.M. N° 359-2014-VIVIENDA.- Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Código Técnico de Construcción Sostenible y su Exposición de Motivos 535926 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Res. N° 064-2014-SUSALUD/S.- Disponen publicación en la página web de SUSALUD del proyecto de norma “Lineamientos para los contratos o convenios suscritos entre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud y las Unidades de Gestión de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud” 535931 Res. N° 065-2014-SUSALUD/S.- Disponen publicación en la página web de SUSALUD del proyecto de norma que aprueba el “Reglamento para la Certifi cación y Registro de Categorizadores y Registradores de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud” 535933 Res. N° 066-2014-SUSALUD/S.- Disponen publicación en la página web de SUSALUD del proyecto de norma que aprueba el “Procedimiento para la emisión de Opinión Previa de SUSALUD en la Categorización de IPRESS de Segundo y Tercer Nivel de Atención” 535936 Res. N° 067-2014-SUSALUD/S.- Disponen publicación en la página web de SUSALUD del proyecto de norma que aprueba el “Reglamento para la Recolección, Transferencia y Difusión de información de las Prestaciones de Salud generadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS” 535938 SEPARATA ESPECIAL CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto con respecto a la vigésima sesión de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la décima sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de Reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto y las sesiones de los órganos subsidiarios 535812 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30254 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE PROMOCIÓN PARA EL USO SEGURO Y RESPONSABLE DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES POR NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto promover el uso seguro y responsable de las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) por niños, niñas y adolescentes para protegerlos de los peligros del mal uso del acceso al Internet, para lo cual el Estado, en sus tres niveles de gobierno, genera normas complementarias sobre el uso seguro y responsable de las TIC, con especial atención al uso que realizan los niños, niñas y adolescentes. Artículo 2. Declaración de interés nacional Declárase de interés nacional la generación y puesta en marcha de políticas de Estado destinadas a informar y educar en forma integral a la población sobre el uso responsable de las TIC, en atención al interés superior del niño y para dar prioridad al uso de las mismas por los niños, niñas y adolescentes. Artículo 3. Comisión especial Constitúyese una comisión especial encargada de proponer y definir lineamientos para promover el uso seguro y responsable de las TIC en el país, en especial las medidas que permitan a los niños, niñas y adolescentes utilizar de manera segura y responsable las herramientas educativas vinculadas al uso de la tecnología, el Internet, y promover la comunicación fluida entre los operadores, usuarios y los tres niveles de gobierno para el planeamiento y ejecución de campañas educativas y herramientas tecnológicas que