Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2014 (25/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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General de Cooperacion y Asuntos Internacionales, a fin de que participen como representantes del Ministerio en las reuniones de trabajo tecnicas previas al Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Peru ­ Ecuador, siendo que el costo de los viaticos seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece, respecto de los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; asi como por la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Costa, Jefa de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a la localidad de Arenillas, Provincia de El Oro, Republica del Ecuador, del 28 al 30 de octubre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion suprema. Articulo 2.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a la localidad de Arenillas, Provincia de El Oro, Republica del Ecuador, del 27 al 30 de octubre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion suprema. Articulo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion suprema seran cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, de acuerdo con el siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Costa Viaticos (US$ 370 x 2 dias) US$ Total US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (US$ 370 x 3 dias) TOTAL US$ US$ 740.00 740.00 1 110.00 1 110.00

El Peruano Sabado 25 de octubre de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 290-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 366 910 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, como consecuencia de la reasignacion efectuada al MORDAZA de lo dispuesto en el parrafo 4.3 del citado Articulo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en el parrafo 4.1 y en el parrafo 4.2 del mismo, el monto MORDAZA de endeudamiento externo autorizado para el Ano Fiscal 2014, asciende a US$ 1 805 506 491,23 (MIL OCHOCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 23/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Programa de Reduccion de Vulnerabilidad del Estado ante Desastres III"; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con el MORDAZA Macroeconomico Multianual 20152017 Revisado; Que, la referida operacion de endeudamiento externo contemplara el instrumento financiero denominado "Facilidad de Conversion de Moneda", el cual faculta a la Republica del Peru a solicitar la conversion de los desembolsos o del saldo adeudado del prestamo, a Nuevos Soles, con la correspondiente modificacion de las condiciones financieras de la operacion; Que, en adicion, la citada operacion de endeudamiento externo tambien contemplara el instrumento financiero denominado "Facilidad de Conversion de Tasa de Interes", el cual permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los prestamos con Tasa Basada en LIBOR, a una Tasa Fija de Interes, o viceversa con la correspondiente modificacion de las condiciones financieras de la operacion; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento externo, no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, la Ley Nº30116, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 4.- La presente resolucion suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquier sea su clase o denominacion. Articulo 5.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria y el servidor a que se refieren el articulo 1 y 2 de la presente resolucion suprema deberan presentar, ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el citado viaje, asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 6.- La presente resolucion suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1155361-14

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