Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2014 (27/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Lunes 27 de octubre de 2014

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Directora General de la Direccion General Contra la Violencia de Genero del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 376-2014-MIMP MORDAZA, 23 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 181-2012MIMP se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director General de la Direccion General Contra la Violencia de Genero del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazara; Con las visaciones de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director General de la Direccion General Contra la Violencia de Genero del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora General de la Direccion General Contra la Violencia de Genero del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1155345-1

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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