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El Peruano Miércoles 29 de octubre de 2014 536153 CONSIDERANDO: Que, el 30 de octubre de 2014 se llevará a cabo el Encuentro Presidencial entre los Jefes de Estado de las Repúblicas del Perú y del Ecuador, así como la VIII Reunión del Gabinete Binacional Perú – Ecuador, en Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del Ecuador; Que, conforme con lo establecido en el artículo 10º de la Ley Nº 30114 y artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios públicos que integran la comitiva o¿ cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República en lo que respecta al Despacho Presidencial; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi¿ cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva o¿ cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la República del Ecuador el 30 de octubre de 2014, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema la misma que está integrada por los siguientes funcionarios: • Sr. Marco León Felipe Barboza Tello, Secretario del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial. • Sr. Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. • Coronel EP José Antonio Calderón Sumarriva, Sub Jefe de la Casa Militar • Comandante FAP Marcial Grandez Ramírez, Edecán del Presidente de la República • Capitán PNP Marco Apayco Cuya, de la Dirección de Seguridad del Despacho Presidencial • Técnico 3ra EP Jorge Pantaleón Navarro, de la Dirección de Seguridad del Despacho Presidencial Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Estado Peruano. Asimismo no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1156650-4 Autorizan viaje de asesora en Temas Comunicacionales del Despacho Ministerial, así como de redactor y camarógrafo de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 367-2014-PCM Lima, 28 de octubre de 2014 VISTO, el OF. RE (DGA-SUD-SPA) Nº 1-0/23, remitido por el Secretario Ejecutivo de la Comisión de Vecindad Peruana-Ecuatoriana del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, participará en el Encuentro Presidencial y en la VIII Reunión del Gabinete Binacional Perú - Ecuador, del 30 al 31 de octubre de 2014; Que, la Presidenta del Consejo de Ministros participará en el evento antes mencionado, por lo que resulta de interés institucional cubrir las incidencias informativas de su participación en el Encuentro Presidencial y en la VIII Reunión del Gabinete Binacional Perú – Ecuador; Que, en tal sentido, se estima pertinente autorizar el viaje de la señora Raquel Palomino Zárate, asesora en Temas Comunicacionales del Despacho Ministerial, así como de los señores Luis Hernando Martín Meléndez Vílchez (redactor) y Miguel Ángel Ávalos Gómez (camarógrafo) de la O¿ cina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 2º de las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi¿ catorias, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí¿ co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi¿ catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modi¿ catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Raquel Palomino Zárate, asesora en Temas Comunicacionales del Despacho Ministerial, así como de los señores Luis Hernando Martín Meléndez Vílchez (redactor) y Miguel Ángel Ávalos Gómez (camarógrafo) de la O¿ cina de Prensa e Imagen Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros al Cantón de Arenillas, Provincia de El Oro, República de Ecuador, del 29 al 31 de octubre de 2014, para los ¿ nes a los que se re¿ ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Raquel Palomino Zárate (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Luis Hernando Martín Meléndez Vílchez (redactor) (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Miguel Ángel Ávalos Gómez (camarógrafo) (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar a la Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la